03/03/04

02/03/04 - APROBACIÓN DEL CONVENIO DE MONTREAL PARA LA UNIFICACIÓN DE CIERTAS REGLAS PARA EL TRANSPORTE AÉREO INTERNACIONAL DE 1999

SENOR PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL.-

El Poder Ejecutivo cumple en remitir a su consideración el presente Proyecto de Ley, acorde a lo dispuesto por el numeral 7) del artículo 168 de la Constitución de la República, a efectos que ese Cuerpo apruebe el Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional de 1999, en virtud de lo establecido en el numeral 7) del artículo 85 de la mencionada Constitución.

El citado Convenio fue abierto a la firma en Montreal el 28 de mayo de 1999 y habiendo recibido su ratificación número 30, entró en vigor el 4 de noviembre de 2003.

Es un instrumento que regula el transporte aéreo internacional y sustituye al denominado "Sistema de Varsovia"; en efecto, comprende al Convenio de Varsovia de 1929, único vigente para nuestro país dentro de dicho sistema; al Protocolo de La Haya de 1955; al Convenio de Guadalajara de 1961; al Protocolo de la ciudad de Guatemala de 1971 ya los Protocolos adicionales 1,2,3 y 4 de Montreal de 1975. La introducción de un número considerable de nuevos elementos que incluyen el sistema de billetes electrónicos, el régimen de responsabilidad ilimitada y la quinta jurisdicción complementaria, ayudarán a remover el viejo esquema de Varsovia y demás instrumentos. El Convenio de Montreal de 1999 está estructurado en siete Capítulos que versan sobre:

I.- "Disposiciones generales", II.- "Documentación y obligaciones de las partes relativas al transporte de pasajeros, equipaje y carga", III.- "Responsabilidad del transportista y medida de la indemnización del daño"; IV.- "Transporte combinado"; V.- "Transporte aéreo efectuado por una persona distinta del transportista contractual"; VI.- "Otras disposiciones"; VII. -"Cláusulas Finales".

Por último, la ratificación por los Estados y la puesta en vigencia del Convenio de Montreal de 1999 significará la adopción de un tratado único para toda la comunidad internacional, con disposiciones claras, relegando al pasado la incertidumbre que genera la existencia de múltiples regímenes aplicables.

Atento a lo expresado, se encarece a dicho Cuerpo la aprobación del Proyecto de Ley que se acompaña Saluda al señor Presidente con la mayor consideración.

PROYECTO DE LEY

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Convenio de Montreal para la Unificación de ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional de 1999.