03/03/04
02/03/04 - APROBACIÓN DEL CONVENIO DE MONTREAL PARA
LA UNIFICACIÓN DE CIERTAS REGLAS PARA EL TRANSPORTE AÉREO INTERNACIONAL DE
1999
SENOR PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL.-
El Poder Ejecutivo cumple en remitir a su consideración
el presente Proyecto de Ley, acorde a lo dispuesto por el numeral 7) del
artículo 168 de la Constitución de la República, a efectos que ese Cuerpo
apruebe el Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el
Transporte Aéreo Internacional de 1999, en virtud de lo establecido en el
numeral 7) del artículo 85 de la mencionada Constitución.
El citado Convenio fue abierto a la firma en Montreal el
28 de mayo de 1999 y habiendo recibido su ratificación número 30, entró
en vigor el 4 de noviembre de 2003.
Es un instrumento que regula el transporte aéreo
internacional y sustituye al denominado "Sistema de Varsovia"; en
efecto, comprende al Convenio de Varsovia de 1929, único vigente para
nuestro país dentro de dicho sistema; al Protocolo de La Haya de 1955; al
Convenio de Guadalajara de 1961; al Protocolo de la ciudad de Guatemala de
1971 ya los Protocolos adicionales 1,2,3 y 4 de Montreal de 1975. La
introducción de un número considerable de nuevos elementos que incluyen el
sistema de billetes electrónicos, el régimen de responsabilidad ilimitada
y la quinta jurisdicción complementaria, ayudarán a remover el viejo
esquema de Varsovia y demás instrumentos. El Convenio de Montreal de 1999
está estructurado en siete Capítulos que versan sobre:
I.- "Disposiciones generales", II.-
"Documentación y obligaciones de las partes relativas al transporte de
pasajeros, equipaje y carga", III.- "Responsabilidad del
transportista y medida de la indemnización del daño"; IV.-
"Transporte combinado"; V.- "Transporte aéreo
efectuado por una persona distinta del transportista contractual"; VI.-
"Otras disposiciones"; VII. -"Cláusulas
Finales".
Por último, la ratificación por los Estados y la puesta
en vigencia del Convenio de Montreal de 1999 significará la adopción de un
tratado único para toda la comunidad internacional, con disposiciones
claras, relegando al pasado la incertidumbre que genera la existencia de
múltiples regímenes aplicables.
Atento a lo expresado, se encarece a dicho Cuerpo la
aprobación del Proyecto de Ley que se acompaña Saluda al señor Presidente
con la mayor consideración.
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Convenio de Montreal
para la Unificación de ciertas Reglas para el Transporte Aéreo
Internacional de 1999.