31/03/04

30/03/04 - AUTORIZACIÓN PARA QUE PERSONAL DE LA ARMADA NACIONAL PARTICIPE EN EJERCICIO DE OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ (FASE ANFIBIA) COMBINADO UNITAS XLV

SEÑOR PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL.-

DON LUIS HIERRO LÓPEZ.-

El Poder Ejecutivo cumple en remitir el presente Proyecto de Ley, a efectos de que ese Cuerpo conceda la autorización establecida en el numeral 12 del artículo 85 de la Constitución de la República, para que 2 Jefes de Personal Superior, 4 Oficiales Subalternos y 27 Personal Subalterno de la Armada Nacional, participen en el Ejercicio de Operaciones de Mantenimiento de la Paz (Fase Anfibia) Combinado UNITAS XLV; entre el 24 de junio y el 10 de julio de 2004, en la República del Perú.-

La Fase Anfibia del Ejercicio Unitas XLV, bajo el mando de la Armada del Perú, culmina con un ejercicio combinado de Operaciones de Mantenimiento de la Paz (PKO).-

Estos ejercicios representan una oportunidad única para interactuar con la mayoría de las Armadas del continente en una operación dentro del marco de las Naciones Unidas.-

Se desprende de las reuniones de coordinaciones previas, el especial interés de las naciones participantes de la concurrencia de Uruguay, de acuerdo a la experiencia adquirida en Camboya y actualmente en la República Democrática del Congo en Operaciones reales de esta clase.-

La Armada Nacional es la de mayor experiencia a nivel mundial en operaciones Fluviales de PKO.-

Esta previsto por los organizadores, invitar como observadores del ejercicio a autoridades civiles y militares de los países participantes.-

Los países que ya aseguraron su participación son; Argentina, Bolivia, Chile, Ecuador, Estados Unidos, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela.-

El ejercicio se desarrolla en una situación hipotética, en la que se requiere la participación de una Fuerza Multinacional bajo el mandato de las Naciones Unidas.-

Para la fase final del ejercicio a cada país se le han asignado tareas a desarrollar en los distintos procedimientos que se realizan durante una misión de mantenimiento de la paz, habiéndole correspondido a Uruguay el desarme de los bandos en conflicto, tarea que fue cumplida en Camboya y actualmente en prosecución en la República del Congo-

También se destaca que los puestos asignados a Uruguay dentro del Estado Mayor Multinacional son los de mayor relevancia (Operaciones e Inteligencia).-

Los gastos de traslado, alojamiento y comida del Personal involucrado serán a cargo de los organizadores del evento.-

La participación del Personal Naval en esta operación combinada representa una oportunidad inmejorable de capitalizar experiencias, tanto a nivel táctico como en el operacional, contribuyendo a:

- Desarrollar la capacidad de interoperar con las demás Armadas de la región.-

-Adiestrar a nuestros marinos para la integración de Fuerzas Multinacionales en Operaciones de Mantenimiento de la Paz, conducidas por las Naciones Unidas.-

-Mantener la presencia de nuestro país a través de la Armada Nacional, en el orden regional y continental.-

De esta manera, la participación en este tipo de ejercitaciones permiten generar espacios de colaboración y coordinación para cumplir con las presentes y futuras Operaciones de Mantenimiento de Paz, en la que contingentes navales de nuestro país se vean involucrados.-

Debe destacarse que el Personal involucrado no portará Armamento durante su traslado a la República del Perú.-

Por los fundamentos expuestos, se remite a su consideración el Proyecto de Ley que se acompaña y cuya aprobación se encarece.-

El Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la Asamblea General, con su mayor consideración.-

PROYECTO DE LEY

ARTÍCULO 1ro.- Autorízase la salida del país de 2 Jefes de Personal Superíor, 4 Oficiales Subalternos y 27 Personal Subalterno de la Armada Nacional, con la finalidad de participar en el Ejercicio de Operaciones de Mantenimiento de la Paz (Fase Anfibia) a llevarse a cabo en el marco del ejercicio combinado UNITAS XLV, durante el período comprendido entre el 24 de junio y el 10 de julio de 2004, en la República del Perú.-

ARTÍCULO 2do.- Comuníquese, publíquese y oportunamente, archívese-