06/07/04
06/07/04 – SE SOLICITA LAS AUTORIZACIONES ESTABLECIDAS
EN LOS NUM. 11 Y 12 DEL ART. 85 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA, EN
VIRTUD DE LOS DESFILES DE CONMEMORACIÓN DE LAS INDEPENDENCIAS DE BRASIL Y
DE NUESTRO PAÍS.
MENSAJE
SEÑOR PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL.
DON LUIS HIERRO LOPEZ.
El Poder Ejecutivo tiene el agrado de remitir el presente
Proyecto de Ley, a efectos que ese Cuerpo conceda las autorizaciones
establecidas en los numerales 11 y 12 del artículo 85 de la Constitución
de la República, en virtud de los Desfiles de Conmemoración de las
Independencias de la República Federativa del Brasil y la de nuestro país.
La presente gestión se funda en el marco de las
actividades de relacionamiento que realiza el Ejército Nacional con los
países vecinos, con el fin de continuar estrechando los lazos de amistad
existentes en el ámbito regional.
A tales efectos, se solicita autorización de ingreso al
territorio nacional, de los siguientes efectivos, a las ciudades que se
dirán, el día 25 de agosto de 2004, a fin de participar en los Desfiles de
Conmemoración de la Independencia de nuestra República:
1.- Banderas con Escoltas y una Sub-Unidad del 7mo.
Regimiento de Caballería Mecanizado de Santana do Livramento, en virtud de
los actos a celebrarse en la ciudad de Rivera.
2.- Banderas con Escoltas y una Sub-Unidad del 5to.
Regimiento de Caballería de Quaraí, en virtud de los actos a celebrarse en
la ciudad de Artigas.
Asimismo, se solicita autorización para la salida del
territorio nacional, de los siguientes efectivos, a las ciudades que se
dirán, el día 7 de setiembre de 2004, a fin de participar en los Desfiles
de Conmemoración de la Independencia de la República Federativa del
Brasil:
1.- Banderas con Escoltas y una Sub-Unidad del
Regimiento de Caballería Nro. 3, en virtud de los actos a celebrarse en la
ciudad de Santana do Livramento.
2.- Banderas con Escoltas y una Sub-Unidad del
Regimiento "Guayabos" de Caballería Mecanizado Nro. 10, en virtud
de los actos a celebrarse en la ciudad de Quaraí.
Cabe precisar que las presentes gestiones permiten
afianzar los lazos de amistad y de confianza mutuas entre ambos países.
Por los fundamentos expuestos, se solicita la atención
de ese Cuerpo al Proyecto de Ley que se acompaña y cuya aprobación se
encarece.
El Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la
Asamblea General, atentamente.
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO 1ro.- Autorízase el ingreso al territorio
nacional de los siguientes efectivos de la República Federativa del Brasil,
el día 25 de agosto de 2004, a efectos de participar en los Desfiles de
Conmemoración de la Independencia de nuestra República, en las ciudades
que se dirán:
1.- Banderas con Escoltas y una Sub-Unidad del 7mo.
Regimiento de Caballería Mecanizado de Santana do Livramento, en virtud de
los actos a celebrarse en la ciudad de Rivera.
2.- Banderas con Escoltas y una Sub-Unidad del 5to.
Regimiento de Caballería de Quaraí, en virtud de los actos a celebrarse en
la ciudad de Artigas.
ARTÍCULO 2do.- Autorízase la salida del territorio
nacional de los siguientes efectivos, el día 7 de setiembre de 2004, a
efectos de participar en los Desfiles de Conmemoración de la Independencia
de la República Federativa del Brasil, en las ciudades que se dirán:
1.- Banderas con Escoltas y una Sub-Unidad del
Regimiento de Caballería Nro. 3, en virtud de los actos a celebrase en la
ciudad de Santana do Livramento.
2.- Banderas con Escoltas y una Sub-Unidad del
Regimiento "Guayabos" de Caballería Mecanizado Nro. 10, en virtud
de los actos a celebrarse en la ciudad de Quaraí.
ARTÍCULO 3ro.- Comuníquese, publíquese y
archívese.