22/08/04
18/08/04 – SE CONCEDE PENSIÓN GRACIABLE A JORGE
GULARTE.
Señor Presidente
de la Asamblea General.
Señor
Presidente:
El Poder Ejecutivo tiene el alto honor de dirigirse a ese
cuerpo con el objeto de someter a su consideración el adjunto Proyecto de
Ley, por el que se concede una pensión graciable al señor Jorge GuIarte
(Jorginho) quien, además de poseer su propia relevancia artística -que
acredita mediante documentación de numerosas e importantes actividades
musicales-, es hijo de la reconocida bailarina y cantante uruguaya Martha
GuIarte.
La grave situación económica y de salud por la que
atraviesa el beneficiario justifica, por otra parte, la concesión de la
pensión referida, la que corresponde se le otorgue en virtud de que, por
los fundamentos axiológicos del derecho, las trágicas y notorias
circunstancias que enmarcan esta solicitud hacen innecesario el abundamiento
sobre la misma.
El Proyecto de Ley, en su artículo primero incluye el
nombre del beneficiario, así como el monto de la pensión. En su artículo
segundo establece que la obligación resultante será atendida por Rentas
Generales.
Asimismo, a efectos de la tramitación ante BPS, se
expresa que el número de la Cédula de Identidad del beneficiario es el
1.939.461-4.
El Poder Ejecutivo saluda al Señor Presidente de la
Asamblea General con su más alta consideración.
PROYECTO DE LEY
Artículo Primero.- CONCÉDESE una pensión
graciable, al señor Jorge Gularte (Jorginho), Cédula de Identidad N°
1.939.461-4, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.
Artículo Segundo.- La erogación resultante, será
atendida por Renta Generales.
Artículo Tercero.- COMUNÍQUESE, publíquese, etc.