22/08/04

18/08/04 – SE CONCEDE PENSIÓN GRACIABLE A JORGE GULARTE.

Señor Presidente de la Asamblea General.

Señor Presidente:

El Poder Ejecutivo tiene el alto honor de dirigirse a ese cuerpo con el objeto de someter a su consideración el adjunto Proyecto de Ley, por el que se concede una pensión graciable al señor Jorge GuIarte (Jorginho) quien, además de poseer su propia relevancia artística -que acredita mediante documentación de numerosas e importantes actividades musicales-, es hijo de la reconocida bailarina y cantante uruguaya Martha GuIarte.

La grave situación económica y de salud por la que atraviesa el beneficiario justifica, por otra parte, la concesión de la pensión referida, la que corresponde se le otorgue en virtud de que, por los fundamentos axiológicos del derecho, las trágicas y notorias circunstancias que enmarcan esta solicitud hacen innecesario el abundamiento sobre la misma.

El Proyecto de Ley, en su artículo primero incluye el nombre del beneficiario, así como el monto de la pensión. En su artículo segundo establece que la obligación resultante será atendida por Rentas Generales.

Asimismo, a efectos de la tramitación ante BPS, se expresa que el número de la Cédula de Identidad del beneficiario es el 1.939.461-4.

El Poder Ejecutivo saluda al Señor Presidente de la Asamblea General con su más alta consideración.

PROYECTO DE LEY

 

Artículo Primero.- CONCÉDESE una pensión graciable, al señor Jorge Gularte (Jorginho), Cédula de Identidad N° 1.939.461-4, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.

Artículo Segundo.- La erogación resultante, será atendida por Renta Generales.

Artículo Tercero.- COMUNÍQUESE, publíquese, etc.