22/08/04
    
    18/08/04 – SE CONCEDE PENSIÓN GRACIABLE A JORGE
    GULARTE.
    
    Señor Presidente
    de la Asamblea General.
    Señor
    Presidente:
    
    El Poder Ejecutivo tiene el alto honor de dirigirse a ese
    cuerpo con el objeto de someter a su consideración el adjunto Proyecto de
    Ley, por el que se concede una pensión graciable al señor Jorge GuIarte
    (Jorginho) quien, además de poseer su propia relevancia artística -que
    acredita mediante documentación de numerosas e importantes actividades
    musicales-, es hijo de la reconocida bailarina y cantante uruguaya Martha
    GuIarte.
    La grave situación económica y de salud por la que
    atraviesa el beneficiario justifica, por otra parte, la concesión de la
    pensión referida, la que corresponde se le otorgue en virtud de que, por
    los fundamentos axiológicos del derecho, las trágicas y notorias
    circunstancias que enmarcan esta solicitud hacen innecesario el abundamiento
    sobre la misma.
    El Proyecto de Ley, en su artículo primero incluye el
    nombre del beneficiario, así como el monto de la pensión. En su artículo
    segundo establece que la obligación resultante será atendida por Rentas
    Generales.
    Asimismo, a efectos de la tramitación ante BPS, se
    expresa que el número de la Cédula de Identidad del beneficiario es el
    1.939.461-4.
    El Poder Ejecutivo saluda al Señor Presidente de la
    Asamblea General con su más alta consideración.
    
    PROYECTO DE LEY
    
     
    
    Artículo Primero.- CONCÉDESE una pensión
    graciable, al señor Jorge Gularte (Jorginho), Cédula de Identidad N°
    1.939.461-4, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.
    
    Artículo Segundo.- La erogación resultante, será
    atendida por Renta Generales.
    
    Artículo Tercero.- COMUNÍQUESE, publíquese, etc.