15/09/04
14/09/04 - PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA ECILDA SOSA DE
SARRAGÚA -VIUDA DEL ACTOR EDUARDO FREDA-
Señor Presidente
de la Asamblea General.
Don Luis Antonio
Hierro López.
Presente:
El Poder Ejecutivo tiene el alto honor de dirigirse a ese
cuerpo con el objeto de someter a su consideración el adjunto Proyecto de
Ley, por el que se concede una pensión graciable a la Señora Ecilda Sosa
de Sarragúa -viuda del actor Eduardo Freda- en reconocimiento a la
relevante y larga trayectoria artística de este último en la escena
nacional e internacional, a través de la cual se ganó el respeto y el
cariño popular.
El Proyecto de Ley, en su Artículo Primero, incluye el
nombre de la beneficiaria así como el monto de la pensión. En el Artículo
Segundo se establece que la erogación resultante será atendida por Rentas
Generales.
Asimismo, a efectos de la tramitación ante el BPS, se
expresa que la cédula de identidad de la beneficiaria tiene el N°
982.389-3.
El Poder Ejecutivo saluda al Señor Presidente de la
Asamblea General con su más alta consideración.
PROYECTO DE LEY
Artículo Primero.- CONCÉDESE una pensión graciable
a la Sra. Ecilda Sosa de Sarragúa, viuda del actor Eduardo Freda, cédula
de identidad 982.389-3 equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.
Artículo Segundo.- PRECÍSASE que la erogación
resultante será atendida por Rentas Generales.
Artículo Tercero.- COMUNÍQUESE, publíquese, etc.