15/09/04

14/09/04 - PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA ECILDA SOSA DE SARRAGÚA -VIUDA DEL ACTOR EDUARDO FREDA-

Señor Presidente de la Asamblea General.

Don Luis Antonio Hierro López.

Presente:

El Poder Ejecutivo tiene el alto honor de dirigirse a ese cuerpo con el objeto de someter a su consideración el adjunto Proyecto de Ley, por el que se concede una pensión graciable a la Señora Ecilda Sosa de Sarragúa -viuda del actor Eduardo Freda- en reconocimiento a la relevante y larga trayectoria artística de este último en la escena nacional e internacional, a través de la cual se ganó el respeto y el cariño popular.

El Proyecto de Ley, en su Artículo Primero, incluye el nombre de la beneficiaria así como el monto de la pensión. En el Artículo Segundo se establece que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

Asimismo, a efectos de la tramitación ante el BPS, se expresa que la cédula de identidad de la beneficiaria tiene el N° 982.389-3.

El Poder Ejecutivo saluda al Señor Presidente de la Asamblea General con su más alta consideración.

 

PROYECTO DE LEY

Artículo Primero.- CONCÉDESE una pensión graciable a la Sra. Ecilda Sosa de Sarragúa, viuda del actor Eduardo Freda, cédula de identidad 982.389-3 equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.

Artículo Segundo.- PRECÍSASE que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

Artículo Tercero.- COMUNÍQUESE, publíquese, etc.