15/09/04
    
    14/09/04 - PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA ECILDA SOSA DE
    SARRAGÚA -VIUDA DEL ACTOR EDUARDO FREDA-
    
    Señor Presidente
    de la Asamblea General.
    Don Luis Antonio
    Hierro López.
    Presente:
    
    El Poder Ejecutivo tiene el alto honor de dirigirse a ese
    cuerpo con el objeto de someter a su consideración el adjunto Proyecto de
    Ley, por el que se concede una pensión graciable a la Señora Ecilda Sosa
    de Sarragúa -viuda del actor Eduardo Freda- en reconocimiento a la
    relevante y larga trayectoria artística de este último en la escena
    nacional e internacional, a través de la cual se ganó el respeto y el
    cariño popular.
    El Proyecto de Ley, en su Artículo Primero, incluye el
    nombre de la beneficiaria así como el monto de la pensión. En el Artículo
    Segundo se establece que la erogación resultante será atendida por Rentas
    Generales.
    Asimismo, a efectos de la tramitación ante el BPS, se
    expresa que la cédula de identidad de la beneficiaria tiene el N°
    982.389-3.
    El Poder Ejecutivo saluda al Señor Presidente de la
    Asamblea General con su más alta consideración.
     
    
    PROYECTO DE LEY
    Artículo Primero.- CONCÉDESE una pensión graciable
    a la Sra. Ecilda Sosa de Sarragúa, viuda del actor Eduardo Freda, cédula
    de identidad 982.389-3 equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.
    
    Artículo Segundo.- PRECÍSASE que la erogación
    resultante será atendida por Rentas Generales.
    
    Artículo Tercero.- COMUNÍQUESE, publíquese, etc.