25/02/05

24/02/05 - CONCESIÓN DE PENSIÓN GRACIABLE A EDUARDO LAPAITIS VAITKUNAITE

Señor Presidente:

El Poder Ejecutivo tiene el alto honor de dirigirse a ese cuerpo con el 7 objeto de someter a su consideración el adjunto Proyecto de Ley, por el que se concede una pensión graciable al señor Eduardo Lapaitis Vaitkunaite, en atención a su destacada trayectoria como escultor.

Se trata de un creador cuya obra, de reconocida trascendencia, ha contribuido a enriquecer, la imagen nacional en el campo de la escultura a lo largo de más de 35 años.

La grave situación económica por la que atraviesa el beneficiario justifica, por otra parte, la concesión de la pensión referida.

El Proyecto de Ley, en su Artículo Primero, incluye el nombre del beneficiario así como el monto de la pensión. En el Artículo Segundo se establece que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

Asimismo, a efectos de la tramitación ante el BPS, se expresa que la Cédula de Identidad del beneficiario tiene el N° 614.508-8.

El Poder Ejecutivo saluda al Señor Presidente de la Comisión Pennatlente con su más alta consideración.

PROYECTO DE LEY

Artículo Primero.- Concédese una pensión graciable, al Sr. Eduardo Lapaitis Vaitkunaite, Cédula de Identidad N° 614508-8, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.

Artículo Segundo.- La erogación resultante, será atendida por Rentas Generales.-