25/02/05
24/02/05 - CONCESIÓN DE PENSIÓN GRACIABLE A EDUARDO
LAPAITIS VAITKUNAITE
Señor Presidente:
El Poder Ejecutivo tiene el alto honor de dirigirse a ese
cuerpo con el 7 objeto de someter a su consideración el adjunto Proyecto de
Ley, por el que se concede una pensión graciable al señor Eduardo Lapaitis
Vaitkunaite, en atención a su destacada trayectoria como escultor.
Se trata de un creador cuya obra, de reconocida
trascendencia, ha contribuido a enriquecer, la imagen nacional en el campo
de la escultura a lo largo de más de 35 años.
La grave situación económica por la que atraviesa el
beneficiario justifica, por otra parte, la concesión de la pensión
referida.
El Proyecto de Ley, en su Artículo Primero, incluye el
nombre del beneficiario así como el monto de la pensión. En el Artículo
Segundo se establece que la erogación resultante será atendida por Rentas
Generales.
Asimismo, a efectos de la tramitación ante el BPS, se
expresa que la Cédula de Identidad del beneficiario tiene el N° 614.508-8.
El Poder Ejecutivo saluda al Señor Presidente de la
Comisión Pennatlente con su más alta consideración.
PROYECTO DE LEY
Artículo Primero.- Concédese una pensión
graciable, al Sr. Eduardo Lapaitis Vaitkunaite, Cédula de Identidad N°
614508-8, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.
Artículo Segundo.- La erogación resultante, será
atendida por Rentas Generales.-