22/05/02    

22/05/02- OBRAS POR CONVENIO

VISTO: estos antecedentes relacionados con la ampliación de las obras denominadas: "Proyecto Piloto de Rehabilitación y Mantenimiento" (P.P.R.M.), cargo de la Empresa ALVARO PALENGA S.A."

RESULTANDO: I) Que los mencionados trabajos fueron adjudicados por Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas, en ejercicio de atribuciones delegadas, de fecha 3 de diciembre de 1997, como resultado de la Licitación Pública Internacional N° 3/97.

II) Que la Dirección Nacional de Vialidad manifiesta que ante la necesidad de cumplir con los gastos ocasionados en la readecuación del Empalme de Rutas 7 y 11, mejoramiento de los Empalmes de Rutas 11 y 32 y 11 y 33, resulta conveniente e imprescindible ampliar en un 1,6% el monto de los trabajos adjudicados.

III) Que de acuerdo con lo informado por las Oficinas Técnicas intervinientes, dicha ampliación asciende a la suma de $2:981.635 (pesos uruguayos: dos millones novecientos ochenta y un mil seiscientos treinta y cinco), incluido el I.V.A. y las Leyes Sociales

IV) Que la firma contratista, a fs. 3 de autos, a manifestado su conformidad a la presente ampliación.-

V) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central -Carpeta N° 176.086) ha tomado la intervención que le compete sin formular observaciones al respecto.

ATENTO: a lo preceptuado por el "T.O.C.A.F. 1996" aprobado  por el Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997, ya lo establecido por el Decreto N° 90/000 de marzo de 2000.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE

1°.- Ampliase en $2:981.635 (pesos uruguayos: dos millones novecientos ochenta y un mil seiscientos treinta y cinco), la partida que fuera autorizada por la Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas, en ejercicio de atribuciones delegadas, de fecha 3 de diciembre de 1997, por la que fueron adjudicadas como resultado de la Licitación Pública Internacional N° 3/97 a la Empresa ALVARO PALENGA S.A. las obras denominadas: "Proyecto Piloto de Rehabilitación y Mantenimiento” (P.P.R.M.).

2°.- Autorízase a los fines indicados, la intervención de la suma de 42:981.635 (pesos uruguayos: dos millones novecientos ochenta y un mil seiscientos treinta y cinco), más los mayores costos resultantes, la que se discrimina de la siguiente manera: $2:116.900 para Contrato; $486.887 para I.V.A. (23%) y $377.848 para Leyes Sociales " Dicho monto se atenderá con cargo a los recursos del Inciso 10, Programa 003, Proyecto 729, Financiación 1.4 (FIMTOP).

3°.- Facúltase a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a suscribir, con la firma adjudicataria y ad-referendum de su aprobación por el citado Ministerio, el correspondiente Contrato de Obra  Pública.

4°.- Comuníquese y pase al Contador Central delegado por el Tribunal de Cuentas de la República en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas Cumplido, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad a sus efectos.