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OBRAS POR CONVENIO
VISTO: estos antecedentes relacionados con la ampliación de
las obras denominadas: "Proyecto Piloto de Rehabilitación y
Mantenimiento" (P.P.R.M.), cargo de la Empresa ALVARO PALENGA
S.A."
RESULTANDO: I) Que los mencionados trabajos fueron adjudicados por
Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas, en ejercicio de
atribuciones delegadas, de fecha 3 de diciembre de 1997, como resultado de
la Licitación Pública Internacional N° 3/97.
II) Que la Dirección Nacional de Vialidad manifiesta que ante la
necesidad de cumplir con los gastos ocasionados en la readecuación del
Empalme de Rutas 7 y 11, mejoramiento de los Empalmes de Rutas 11 y 32 y
11 y 33, resulta conveniente e imprescindible ampliar en un 1,6% el monto
de los trabajos adjudicados.
III) Que de acuerdo con lo informado por las Oficinas Técnicas
intervinientes, dicha ampliación asciende a la suma de $2:981.635 (pesos
uruguayos: dos millones novecientos ochenta y un mil seiscientos treinta y
cinco), incluido el I.V.A. y las Leyes Sociales
IV) Que la firma contratista, a fs. 3 de autos, a manifestado su
conformidad a la presente ampliación.-
V) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central
-Carpeta N° 176.086) ha tomado la intervención que le compete sin
formular observaciones al respecto.
ATENTO: a lo preceptuado por el "T.O.C.A.F. 1996"
aprobado por el Decreto N°
194/997 de 10 de junio de 1997, ya lo establecido por el Decreto N°
90/000 de marzo de 2000.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°.- Ampliase en
$2:981.635 (pesos uruguayos: dos millones novecientos ochenta y un mil
seiscientos treinta y cinco), la partida que fuera autorizada por la
Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas, en ejercicio de
atribuciones delegadas, de fecha 3 de diciembre de 1997, por la que fueron
adjudicadas como resultado de la Licitación Pública Internacional N°
3/97 a la Empresa ALVARO PALENGA S.A. las obras denominadas:
"Proyecto Piloto de Rehabilitación y Mantenimiento” (P.P.R.M.).
2°.- Autorízase a los fines indicados, la
intervención de la suma de 42:981.635 (pesos uruguayos: dos millones
novecientos ochenta y un mil seiscientos treinta y cinco), más los
mayores costos resultantes, la que se discrimina de la siguiente manera:
$2:116.900 para Contrato; $486.887 para I.V.A. (23%) y $377.848 para Leyes
Sociales " Dicho monto se atenderá con cargo a los recursos del
Inciso 10, Programa 003, Proyecto 729, Financiación 1.4 (FIMTOP).
3°.- Facúltase a la Dirección Nacional de Vialidad
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a suscribir, con la firma
adjudicataria y ad-referendum de su aprobación por el citado Ministerio,
el correspondiente Contrato de Obra Pública.
4°.- Comuníquese y pase al Contador Central delegado
por el Tribunal de Cuentas de la República en el Ministerio de Transporte
y Obras Públicas Cumplido, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad a
sus efectos.
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