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       27/05/02 
        
      27/05/02
      - CONTENCIÓN DEL GASTO PÚBLICO: SE OBSERVAN POR INCONVENIENTES LAS
      RESOLUCIONES DE LOS DIRECTORIOS DE LOS ENTES AUTÓNOMOS Y SERVICIOS
      DESCENTRALIZADOS 
      VISTO:
      la
      particular coyuntura económica adversa que vive el país 
      
       
      RESULTANDO:
      que
      en virtud de la misma el Poder Ejecutivo viene desarrollando una política
      de contención del gasto público; 
      
       
      CONSIDERANDO:
      que
      a fin de ejecutar en todos los ámbitos dicha política de abatimiento de
      los gastos corresponde que el Poder Ejecutivo observe las resoluciones que
      los entes autónomos y servicios descentralizados hayan adoptado en
      materia de asignación y uso de vehículos oficiales en contravención a
      las referidas directivas; 
      
       
      ATENTO:
      a
      lo expuesto ya lo dispuesto por el inciso 1° del artículo 197 de la
      Constitución de la República; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      l°.-Obsérvanse
      por inconvenientes las resoluciones de los Directorios de los Entes
      Autónomos y Servicios Descentralizados que hayan otorgado asignaciones
      personales de vehículos oficiales a los efectos del ejercicio de la
      función, a todo funcionario administrativo y gerencial excepto a los
      siguientes: Presidente y miembros del Directorio, Secretario General del
      Directorio, Gerentes Generales o cargos equivalentes. 
      
       
      2°.-
      Suspéndese la aplicación de lo dispuesto en las resoluciones mencionadas
      en el numeral anterior . 
      
       
      3°-Obsérvanse
      por inconvenientes las resoluciones de los Directorios de los Entes
      Autónomos y Servicios Descentralizados que hayan otorgado el beneficio de
      traslado domiciliario a todo funcionario excepto a los siguientes:
      Presidente y miembros del Directorio, Secretario General del Directorio,
      Gerentes Generales o cargos equivalentes. 
      
       
      4°.-
      Suspéndese la aplicación de lo dispuesto en las resoluciones mencionadas
      en el numeral anterior. 
      
       
      5°.-
      Exhórtase a los Directorios de los Entes Autónomos y Servicios
      Descentralizados a que en un plazo de diez días hábiles a partir de la
      fecha de notificada la presente resolución, dejen sin efecto las citadas
      resoluciones. 
      
       
      6°
      Comuníquese, publíquese, etc..
       
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