5/06/02      

04/06/02 – SE APRUEBA LA REFORMA DE LOS ESTATUTOS DE LA CAJA DE AUXILIO DE FUNCIONARIOS DE IBM DEL URUGUAY S.A.

VISTO: La solicitud de aprobación de la reforma de Estatutos de la Caja de Auxilio del personal de "IBM del Uruguay S.A. (CASEIBM) de fecha 28 de diciembre de 2001.-

RESULTANDO: Que de acuerdo a los diferentes informes producidos por las Asesorías Letradas. de Activos y de Prestaciones del Banco de Previsión Social y luego que se cumplieron con las observaciones formuladas, y de la Asesoría de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social las modificaciones realizadas a los Estatutos de CASEIBM pueden considerarse encuadradas dentro de los requisitos exigidos por las normas vigentes.

CONSIDERANDO: Que se entiende que la presente gestión debe ser considerada en los aspectos de oportunidad y conveniencia que den lugar a su aprobación.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por las Asesorías del Banco de Previsión Social y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ya lo dispuesto por el Decreto-Ley 14.407 de 22 de julio de 1975 y su decreto reglamentario 7/976 de 8 de enero de 1976;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°.- Apruébase la reforma de los Estatutos de la Caja de Auxilio de Funcionarios del personal de IBM del Uruguay S.A. (CASEIBM).

2°.- Comuníquese, publíquese, etc..