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       5/06/02    
        
      04/06/02
      – SE APRUEBA LA REFORMA DE LOS ESTATUTOS DE LA CAJA DE AUXILIO DE
      FUNCIONARIOS DE IBM DEL URUGUAY S.A.
      
       
      VISTO:
      La solicitud de aprobación de la reforma de Estatutos de la Caja de
      Auxilio del personal de "IBM del Uruguay S.A. (CASEIBM) de fecha 28
      de diciembre de 2001.- 
      
       
      RESULTANDO:
      Que de acuerdo a los diferentes informes producidos por las Asesorías
      Letradas. de Activos y de Prestaciones del Banco de Previsión Social y
      luego que se cumplieron con las observaciones formuladas, y de la
      Asesoría de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad
      Social las modificaciones realizadas a los Estatutos de CASEIBM pueden
      considerarse encuadradas dentro de los requisitos exigidos por las normas
      vigentes. 
      
       
      CONSIDERANDO:
      Que se entiende que la presente gestión debe ser considerada en los
      aspectos de oportunidad y conveniencia que den lugar a su aprobación. 
      
       
      ATENTO:
      A lo precedentemente expuesto, a lo informado por las Asesorías del Banco
      de Previsión Social y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ya lo
      dispuesto por el Decreto-Ley 14.407 de 22 de julio de 1975 y su decreto
      reglamentario 7/976 de 8 de enero de 1976; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE
      
       
      1°.-
      Apruébase la reforma de los Estatutos de la Caja de Auxilio de
      Funcionarios del personal de IBM del Uruguay S.A. (CASEIBM). 
      2°.-
      Comuníquese, publíquese, etc.. 
      
       
      
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