06/06/02      

05/06/02 – CONFÍRMASE ACTO ADMINISTRATIVO DE 3 DE AGOSTO DE 2000

VISTO: el recurso de revocación y jerárquico en subsidio interpuesto por la señora Silvia Esther Méndez Muñiz;

RESULTANDO: I) que los mismos se presentan contra la resolución del Ministerio de Salud Pública de 3 de agosto de 2000 (Interna N° 145), dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas; por la cual se la declaró cesante por abandono de cargo como Auxiliar IV Servicio del Centro Auxiliar de Salud Pública de Río Branco, en Comisión en el Hospital Pasteur;

II) que la recurrente manifiesta que esa no fue su intención, abandonar el cargo, creyendo estar en uso de licencias atrasadas;

CONSIDERANDO: I) que con fecha 4 de junio de 2001, se dio vista a la interesada de acuerdo a lo solicitado por ésta en el petitorio II de su escrito;

II) que la funcionaria de referencia, durante los meses de ausentismo no se encontraba en uso de licencia reglamentaria, siendo el último registro que consta en su legajo personal del 14 de febrero al 14 de marzo de 2000;

III) que de acuerdo con lo informado por la División Jurídico- Notarial, el agravio se centra en situaciones de hecho, la señora Méndez Muñiz no prueba ni ofrece probar;

IV) que desde el punto de vista jurídico, no existe sustancialidad en lo expuesto que amerite una revocación del acto por razón de legalidad, habiéndose dado cabal cumplimiento a las previsiones del artículo 1161 del Decreto N° 200/997 de 18 de junio de 1997;

V) que por lo expresado, corresponde confirmar el acto administrativo impugnado;

ATENTO: a lo establecido en el artículo 317 de la Constitución de la República;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°.- Confírmase el acto administrativo de 3 de agosto de 2000 (Interna N° 145), dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas, por la cual se declaró cesante a la Auxiliar IV Servicio del Centro Auxiliar de Salud Pública de Río Branco, en comisión en el Hospital Pasteur, señora SILVIA ESTHER MÉNDEZ MUÑIZ.

2°.- Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, quien notificará a la interesada de la resolución adoptada.