11/06/02

11/06/02 – SE DESAFECTA DE CARÁCTER HISTÓRICO AL PADRÓN 10.917 DE LA CIUDAD DE RIVERA

VISTO: La gestión promovida por las propietarias del padrón N° 10.917 de la localidad catastral de Rivera, manzana 989, carpeta catastral 204, que perteneciera al poeta uruguayo Agustín R. Bisio

RESULTANDO: I. Que las propietarias del padrón N° 10.917 que fuera declarado monumento histórico por resolución del Poder Ejecutivo 2163 del 19 de agosto de 1981 se presentan ante la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación solicitando autorización para fraccionar ese padrón a fin de obtener dos fracciones. 1 y 2.-

II. Que la petición se funda en su deseo de cesar el condominio sobre el mencionado padrón.-

III. Que el inmueble que perteneciera al poeta Agustín. R. Bisio permanecerá en la fracción N° 2 según plano extendido en enero de 2000 por el Ing. Agrim. Rubens Buroni, inscripto en Catastro con el N° 8.898 el11 de setiembre de 2000.-

CONSIDERANDO: I. Que la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación se pronuncia en forma favorable a lo solicitado por las propietarias, manteniendo la calidad de monumento histórico el padrón 21.130 (anterior 10.917), fracción 2 por ser donde se encuentra la vivienda que perteneció al poeta uruguayo Agustín R. Bisio.-

II. Que de acuerdo a lo que resulta de las actuaciones, el Poder Ejecutivo procederá a desafectar de su calidad de monumento histórico el padrón 10.917, manteniendo la afectación sobre el padrón 21.130, fracción 2 del plano inscripto con el N° 8.898 del 11 de setiembre de 2000 ante la oficina de Catastro de la ciudad de Rivera.-

ATENTO: A lo expuesto, a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, a lo dispuesto en la Ley 14.040 de octubre de 1971 y Decreto Reglamentario 536/972.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1.- DESAFECTAR de su calidad de monumento histórico el padrón 10.917, parte de la manzana 989, con área de mil catorce metros con frente al Norte a la calle Julio César Grauert N° 1740 de la ciudad de Rivera.-

2.- DECLARAR monumento histórico el padrón N° 21.130 fracción 2, según plano del Ing. Agrim. Rubens Buroni, inscripto en la Oficina Delegada de Catastro de Rivera, con el N° 8.898 el 11 de setiembre de 2000, en el cual se emplaza la vivienda que perteneciera al poeta Agustín R. Bisio en la ciudad de Rivera

3.- COMUNÍQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, al Registro de Ia Propiedad Inmueble de la ciudad de Rivera, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, al Consejo de Educación Pública, a la Intendencia Municipal de Rivera, a la Junta Departamental de Rivera, a la Dirección Nacional de Catastro, a la Oficina Delegada de Catastro de la ciudad de Rivera, a las propietarias y a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación-

4.- VUELVAN los obrados a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para su archivo.-