11/06/02
11/06/02
– SE DESAFECTA DE CARÁCTER HISTÓRICO AL PADRÓN 10.917 DE LA CIUDAD DE
RIVERA
VISTO:
La gestión promovida por las
propietarias del padrón N° 10.917 de la localidad catastral de Rivera,
manzana 989, carpeta catastral 204, que perteneciera al poeta uruguayo
Agustín R. Bisio
RESULTANDO: I. Que las propietarias del padrón N° 10.917 que fuera declarado
monumento histórico por resolución del Poder Ejecutivo 2163 del 19 de
agosto de 1981 se presentan ante la Comisión del Patrimonio Cultural de
la Nación solicitando autorización para fraccionar ese padrón a fin de
obtener dos fracciones. 1 y 2.-
II.
Que la petición se funda en su deseo de cesar el condominio sobre el
mencionado padrón.-
III.
Que el inmueble que perteneciera al poeta Agustín. R. Bisio permanecerá
en la fracción N° 2 según plano extendido en enero de 2000 por el Ing. Agrim. Rubens Buroni, inscripto en Catastro con el N° 8.898 el11 de
setiembre de 2000.-
CONSIDERANDO: I. Que la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación se
pronuncia en forma favorable a lo solicitado por las propietarias,
manteniendo la calidad de monumento histórico el padrón 21.130 (anterior
10.917), fracción 2 por ser donde se encuentra la vivienda que
perteneció al poeta uruguayo Agustín R. Bisio.-
II.
Que de acuerdo a lo que resulta de las actuaciones, el Poder Ejecutivo
procederá a desafectar de su calidad de monumento histórico el padrón
10.917, manteniendo la afectación sobre el padrón 21.130, fracción 2
del plano inscripto con el N° 8.898 del 11 de setiembre de 2000 ante la
oficina de Catastro de la ciudad de Rivera.-
ATENTO: A lo expuesto, a lo informado por la Comisión del Patrimonio
Cultural de la Nación, a lo dispuesto en la Ley 14.040 de octubre de 1971
y Decreto Reglamentario 536/972.-
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1.-
DESAFECTAR de su calidad de monumento histórico el padrón 10.917, parte
de la manzana 989, con área de mil catorce metros con frente al Norte a
la calle Julio César Grauert N° 1740 de la ciudad de Rivera.-
2.-
DECLARAR monumento histórico el padrón N° 21.130 fracción 2, según
plano del Ing. Agrim. Rubens Buroni, inscripto en la Oficina Delegada de
Catastro de Rivera, con el N° 8.898 el 11 de setiembre de 2000, en el
cual se emplaza la vivienda que perteneciera al poeta Agustín R. Bisio en
la ciudad de Rivera
3.-
COMUNÍQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, al Registro de Ia
Propiedad Inmueble de la ciudad de Rivera, al Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, al Consejo de Educación Pública, a la Intendencia
Municipal de Rivera, a la Junta Departamental de Rivera, a la Dirección
Nacional de Catastro, a la Oficina Delegada de Catastro de la ciudad de
Rivera, a las propietarias y a la Comisión del Patrimonio Cultural de la
Nación-
4.-
VUELVAN los obrados a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
para su archivo.-
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