12/06/02

12/06/02 – SE NIEGA EXONERACIÓN A PIRAS S.R.L.

VISTO: estos antecedentes promovidos por la empresa Piras S.R.L. (Liceo Jean Piaget)

RESULTANDO: I) que la gestionante es una sociedad de responsabilidad limitada que se dedica, como actividad única, a la enseñanza media, estando inscripta en el respectivo Registro de la Dirección Educación del Ministerio de Educación y Cultura.-

II) que surge de la documentación agregada que la firma es persona jurídica legalmente constituida, cuyo objeto es la enseñanza en general, y en sus distintos niveles, pudiendo asimismo realizar todo otro acto de lícito comercio que directa o indirectamente se relacione con dicho objeto, pudiendo realizar toda clase de actos.-

CONSIDERANDO: I) que la exoneración tributaria establecida en el artículo 69° de la Constitución de la República, ampara a las Instituciones culturales y de enseñanza.-

II) que es natural que una sociedad comercial cuya finalidad es repartir el lucro que pueda resultar (artículo 387° del Código de Comercio) no requiere el estímulo de una subvención por sus servicios.-

III) que en las sociedades comerciales - cuyo objeto es la enseñanza o el desarrollo de la cultura -, se imparte la misma con la finalidad de obtener un lucro. En las demás instituciones la finalidad es impartir enseñanza o cultura aunque eventualmente pueda obtenerse alguna ganancia económica.-

IV) que es de destacar que colida el concepto de "institución de enseñanza privada" con la calidad de "sociedad comercial" que ostenta la gestionante.-

V) que oportunamente se concedió vista de las respectivas actuaciones a la empresa, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 75° del Decreto N° 500/991, de 27 de setiembre de 1991, habiendo agregado nuevos elementos a este expediente sin que hagan variar la posición sustentada.-

VI) que por lo expresado, no corresponde acceder a lo solicitado.-

ATENTO: a lo informado por la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°) No acceder a la exoneración solicitada por la empresa Piras S.R.L. (Liceo Jean Piaget) .-

2°) Notifíquese y archívese.-