13/06/02
13/06/02
- SE OTORGA CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A RÍO DELMAR S.A.
VISTO:
la
gestión promovida por RIO DELMAR S.A. tendiente a la obtención del
título minero CONCESION PARA EXPLOTAR un yacimiento de tosca, piedra
partida y granito en la 1ª Sección Judicial y Catastral del Departamento
de Maldonado, por el plazo de 30 años;
RESULTANDO:
I)
se ha dado cumplimiento a los presupuestos exigidos por el Código de
Minería;
II)
no se solicitó Servidumbre por ser la gestionante propietaria del padrón
afectado por la petición minera;
III)
se ha acreditado el inicio del trámite ante el Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a los efectos de la obtención
de la Autorización Ambiental Previa,
CONSIDERANDO:
que
corresponde otorgar el título minero Concesión para Explotar al haberse
cumplido los requisitos de fondo y forma exigidos por los artículos 100 y
104 del Código de Minería y el artículo 7 de la Ley N°. 16.466 de 19
de enero de 1994 ,
ATENTO:
a
lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°.-
Otórgase a RIO DELMAR S.A. el título minero CONCESION PARA EXPLOTAR por
el plazo de 30 años, respecto de un yacimiento de tosca, piedra partida y
granito, en un área de 87 hás. 8235 m.c., afectando el padrón 254 de la
1ª Sección Judicial y Catastral del Departamento de Maldonado
2°.- La Dirección Nacional de Minería y Geología dará posesión de la mina
a la concesionaria, en los términos previstos por el artículo 107 del
Código de Minería, una vez otorgada la Autorización Ambiental Previa
por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente.
3°.-
Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología
|