13/06/02

13/06/02 - SE OTORGA CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A RÍO DELMAR S.A.

VISTO: la gestión promovida por RIO DELMAR S.A. tendiente a la obtención del título minero CONCESION PARA EXPLOTAR un yacimiento de tosca, piedra partida y granito en la 1ª Sección Judicial y Catastral del Departamento de Maldonado, por el plazo de 30 años;

RESULTANDO: I) se ha dado cumplimiento a los presupuestos exigidos por el Código de Minería;

II) no se solicitó Servidumbre por ser la gestionante propietaria del padrón afectado por la petición minera;

III) se ha acreditado el inicio del trámite ante el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a los efectos de la obtención de la Autorización Ambiental Previa,

CONSIDERANDO: que corresponde otorgar el título minero Concesión para Explotar al haberse cumplido los requisitos de fondo y forma exigidos por los artículos 100 y 104 del Código de Minería y el artículo 7 de la Ley N°. 16.466 de 19 de enero de 1994 ,

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°.- Otórgase a RIO DELMAR S.A. el título minero CONCESION PARA EXPLOTAR por el plazo de 30 años, respecto de un yacimiento de tosca, piedra partida y granito, en un área de 87 hás. 8235 m.c., afectando el padrón 254 de la 1ª Sección Judicial y Catastral del Departamento de Maldonado

2°.- La Dirección Nacional de Minería y Geología dará posesión de la mina a la concesionaria, en los términos previstos por el artículo 107 del Código de Minería, una vez otorgada la Autorización Ambiental Previa por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

3°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología