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       13/06/02
      
       
      13/06/02
      - PROYECTO DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA PARA LA ERRADICACIÓN DE LA FIEBRE
      AFTOSA: SE MODIFICA RESOLUCIÓN DE 23/02/2002 
      VISTO:
      la
      resolución del Poder Ejecutivo de fecha 23 de mayo de 2002; 
      
       
      RESULTANDO:
      I) por la citada
      resolución se convalidó la adquisición a la firma Biogénesis Uruguay
      S.A. , por parte de la División Laboratorios Veterinarios "Miguel C.
      Rubino", del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, de las
      siguientes unidades de vacuna antiaftosa: 24.000 de AFTOGEN OLEO (60
      dosis) y 29.334 unidades de vacuna antiaftosa AFTOGEN OLEO (60 dosis) de
      procedencia argentina; 
      
       
      II)
      por el numeral 2° de dicha resolución se dispuso que la obligación por
      U$S 300.007,60 , se atendiese con cargo a Rentas Locales, Objeto del Gasto
      153, Inc. 24, Unidad Ejecutora 07 (Proyecto de Asistencia de .Emergencia
      para la Erradicación de Fiebre Aftosa - MGAP/ BANCO MUNDIAL - LOAN 7070);
      
      
       
      CONSIDERANDO:
      1) la factura 4302
      presentada por la firma Biogénesis Uruguay S.A. , tal como se señala en
      el Resultando 1) de la resolución de fecha 23 de mayo de 2002, asciende a
      la suma de U$S 462.409,20; 
      
       
      II)
      posteriormente dicha firma por factura N° 292 de 13 de mayo de 2002, da
      cuenta de una disminución de U$S 82.401,60 del costo de las vacunas, por
      diferencia de precio; 
      
       
      III)
      conveniente, por tanto, modificar en lo pertinente el numeral 2° de la
      resolución del Poder Ejecutivo de fecha 23 de mayo de 2002; 
      
       
      ATENTO:
      a lo precedentemente
      expuesto y a lo preceptuado por los Arts. 29 y 33 del TOCAF, 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA 
      RESUELVE
      
       
      1°)
      Modificase el numeral 2° de la resolución del Poder Ejecutivo de fecha
      23 de mayo de 2002, el que quedará redactado en la siguiente forma: 
      
       
      "2°)
      La obligación emergente por U$S 380.007,60, se atenderá con cargo a
      Rentas Locales, Objeto del Gasto 153, Inc. 24, Unidad Ejecutora 07
      (Proyecto de Asistencia de Emergencia para la Erradicación de Fiebre
      Aftosa - MGAP/ BANCO MUNDIAL - LOAN 7070)". 
      
       
      2°)
      Comuníquese y, a sus efectos, vuelva al PAEFA.
        
       
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