18/06/02

18/06/02 – SE DECLARA QUE LA UNIDAD COORDINADORA DE POLÍTICA DE REHABILITACIÓN TENDRÁ JURISDICCIÓN  NACIONAL

VISTO: el decreto del 9 de mayo de 2002 por el cual se establece el ámbito en el cual funcionará el Centro Nacional de Rehabilitación.

RESULTANDO: I) Que el referido. Centro fue creado por Decreto N° 292/99 de 17 de setiembre de 1999 con autonomía técnica y de gestión a los efectos de la rehabilitación y reinserción social de reclusos provenientes del Sistema Carcelario Nacional entre 18 y 29 años de edad.

II) Asimismo, se estableció que contará con la asistencia financiera y de gestión del Programa de Seguridad Ciudadana, hasta la asignación presupuestaria definitiva de los recursos necesarios para su funcionamiento.

III) Que a fin de fortalecer dicho Centro en cuanto al cumplimiento de sus cometidos se entendió necesario integrarlo en la órbita del Ministerio del Interior, en una Unidad dependiente directamente del Señor Ministro que se denominó Unidad Coordinadora de Política de Rehabilitación, tal como resulta del Decreto citado en el Visto.

CONSIDERANDO: Que a los efectos del debido cumplimiento de sus cometidos resulta necesario jerarquizar dicha Unidad, lo que le permitirá un correcto relacionamiento con el resto de las Unidades dependientes del Ministerio del Interior, asignándole análoga jerarquía y potestades.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

EL PREIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) DECLÁRASE que la Unidad Coordinadora de Política de Rehabilitación tendrá jurisdicción nacional y las atribuciones del Gerente General de dicha Unidad serán equivalentes a las de los Directores Nacionales y Jefes de Policía, específicamente a los efectos del cumplimiento de sus cometidos, en materia de relacionamiento, presupuestal y disciplinaria;

2°) PUBLÍQUESE, pase al Centro Nacional de Rehabilitación a sus efectos y posteriormente archívese.