18/06/02
18/06/02
– SE DECLARA QUE LA UNIDAD COORDINADORA DE POLÍTICA DE REHABILITACIÓN
TENDRÁ JURISDICCIÓN NACIONAL
VISTO:
el decreto del 9 de mayo de 2002 por el cual se establece el ámbito en el
cual funcionará el Centro Nacional de Rehabilitación.
RESULTANDO:
I) Que el referido. Centro fue creado por Decreto N° 292/99 de 17 de
setiembre de 1999 con autonomía técnica y de gestión a los efectos de
la rehabilitación y reinserción social de reclusos provenientes del
Sistema Carcelario Nacional entre 18 y 29 años de edad.
II)
Asimismo, se estableció que contará con la asistencia financiera y de
gestión del Programa de Seguridad Ciudadana, hasta la asignación
presupuestaria definitiva de los recursos necesarios para su
funcionamiento.
III)
Que a fin de fortalecer dicho Centro en cuanto al cumplimiento de sus
cometidos se entendió necesario integrarlo en la órbita del Ministerio
del Interior, en una Unidad dependiente directamente del Señor Ministro
que se denominó Unidad Coordinadora de Política de Rehabilitación, tal
como resulta del Decreto citado en el Visto.
CONSIDERANDO:
Que a los efectos del debido cumplimiento de sus cometidos resulta
necesario jerarquizar dicha Unidad, lo que le permitirá un correcto
relacionamiento con el resto de las Unidades dependientes del Ministerio
del Interior, asignándole análoga jerarquía y potestades.
ATENTO:
a lo precedentemente expuesto.
EL
PREIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
DECLÁRASE que la Unidad Coordinadora de Política de Rehabilitación
tendrá jurisdicción nacional y las atribuciones del Gerente General de
dicha Unidad serán equivalentes a las de los Directores Nacionales y
Jefes de Policía, específicamente a los efectos del cumplimiento de sus
cometidos, en materia de relacionamiento, presupuestal y disciplinaria;
2°)
PUBLÍQUESE, pase al Centro Nacional de Rehabilitación a sus efectos y
posteriormente archívese.
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