18/06/02
18/06/02
– SE CONFIRMA ACTO AMINISTRATIVO DE 13/08/01, ORDENANZA MINISTERIAL N°
467
VISTO:
los recursos de revocación y jerárquico en subsidio interpuestos por el
Centro de Oncología y Radioterapia del Litoral Ltda., la Asociación
Uruguaya de Médicos Radiólogos, Dra. Blanca Tasende, Dr. Álvaro Luongo,
Instituto de Oncología y Radioterapia Dr. Caubarrere, Consultorio de
Oncología y Radioterapia S.R.L. (COR), Dr. Pedro Kasdorf, Centro de
Oncología y Radioterapia del Este (CORDE), Centro Oncológico
Multidisciplinario S.R.L. (COM);
RESULTANDO:
I) que los mismos se presentan contra la Ordenanza Ministerial N° 467 de
13 de agosto de 2001, por la que se dispuso adoptar con carácter general
y sin prejuicio de las adecuaciones que procedan el contenido y las
recomendaciones insertas en el informe emitido por el Consultor de la
O.P.S./O.M.S. Dr. Ramón Baeza sobre Radioterapia en el Uruguay,
denominado "Plan de Optimización"; II) que los recurrentes se
agravian manifestando que el mencionado informe omitió la etapa previa de
información y comunicación a los interesados así como la corroboración
del estado de la totalidad de los equipos disponibles;
III)
que asimismo exponen que la limitación que establece el numeral 3° de la
resolución recurrida es violatoria al artículo 7 de la Constitución de
la República, existiendo asimismo
cuestionamientos con relación a los plazos establecidos para formular las
observaciones y procesar las mismas;
IV) que con fecha 9 de
mayo de 2002, por Ordenanza Ministerial N° 232 se dispuso mantener el
acto administrativo recurrido;
CONSIDERANDO:
I) que de acuerdo con lo informado por la División Jurídico Notarial no
se denuncian irregularidades invalidantes del acto, por lo que los
agravios sustentados no son de recibo;
II)
que por lo expresado, corresponde confirmar la resolución recurrida;
ATENTO:
a lo dispuesto en el artículo 317 de la Constitución de la República;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Confirmase el acto administrativo de 13 de agosto de 2001, Ordenanza
Ministerial N° 467, por la que se dispuso adoptar con carácter general y
sin perjuicio de las adecuaciones que procedan el contenido y las
recomendaciones insertas en el informe emitido por el Consultor de la
O.P.S./O.M.S. Dr. Ramón Baeza sobre Radioterapia en el Uruguay,
denominado "Plan de Optimización”.
2º.-
Notifíquese. Pase a sus efectos a la División Servicios de Salud.
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