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       20/06/02
      
       
      18/06/02 – DECLARACIÓN DE INTERÉS NACIONAL
      
       
      VISTO:
      La Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15 de setiembre de 1999 por lo
      que se declaró de Interés Nacional el proyecto de inversión presentado
      por la empresa BONPOINT S.A, para la construcción del Hotel denominado
      "Cala di Volpe" 
      RESULTANDO:
      Que el proyecto mencionado se encuentra en etapa de ejecución 
      CONSIDERANDO:
      I) Que con fecha 17 de mayo de 2001 se presentó ante el 
      
      Ministerio de Turismo la empresa BONPOINT S.A. solicitando
      ampararse en las disposiciones del Decreto N° 124/001 de 5 de abril de
      2001 conforme a lo establecido por
      el articulo 17 del mismo  
      II)
      Que el Decreto 124/001, prevé mayores beneficios a los ya otorgados al
      amparo del Dec. 291/995 del 2 de agosto de 1995. 
      
       
      III)
      Que en tal virtud la empresa BONPOINT S.A. solicita ampararse a los
      beneficios otorgados por los incisos e., f. y g. del artículo 3° del
      Decreto N° 124/01 de 5 de abril de 2001 IV) Que de acuerdo con el informe
      producido por el Ministerio de Turismo, la Comisión de Aplicación creada
      por le artículo 12 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, recomienda
      la declaratoria de promocional para la actividad que desarrollará la
      empresa BONPOINT S.A. y propone medidas promocionales-. 
      
       
      ATENTO:
      A lo expuesto ya lo establecido en el Artículo 17 del Decreto 124/001 del
      5 de abril de 2001. 
      
       
       EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE
      
       
      1°)
      Declárase amparado al Decreto 124/001 del 5 pe abril de 2001 al proyecto
      de inversión presentado por la firma BONPOINT S.A 2°) Autorizase a la
      empresa BONPOINT S.A. a usufructuar el beneficio previsto en el artículo
      3° inciso e. del Decreto N° 124/001, otorgamiento de un crédito por el
      Impuesto al Valor Agregado a la adquisición en plaza de los bienes de
      activo fijo destinados al equipamiento, cuyo listado obra anexo a la
      presente, por hasta un monto imponible de U$S 400.230, (dólares
      americanos cuatrocientos mil doscientos treinta). 
      
       
      3°)
      Autorizase a la empresa BONPOINT S.A. a isufructuar el beneficio previsto
      en el artículo 3° inciso f del Decreto 124/001, exonerapión del
      Impuesto al Valor Agregado a las importaciones de bienes destinados al
      equipamiento, cuyo listado obra anexo a la presente, por hasta un monto
      imponible U$S 75.049 (dólares americanos setenta y cinco mil cuarenta y
      nueve). 
      
       
      4°)
      Autorizase a la empresa BONPOINT S.A. a usufructuar el beneficio previsto
      en el artículo 3° inciso g. del Decreto N° 124/001, exoneración del
      50% de todos los tributos que graven las importaciones de bienes de activo
      fijo destinados al equipamiento, por hasta un monto imponible de U$S
      75.049 (dólares americanos setenta y cinco mil cuarenta y nueve). 
      
       
      5°)
      Vuelva al Ministerio de Turismo a sus efectos. 
      
      
       
      
        
       
      
       
      
        
       
      
       
      
        
       
      
       
      
        
       
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