20/06/02

18/06/02 - AMPLÍASE POR DOS AÑOS LA CONTRATACIÓN DIRECTA DE LA EMPRESA MERCOVIAL S.R.L.

VISTO: estos antecedentes relacionados con la prórroga del contrato de los trabajos de: "Mantenimiento rutinario integral de algunos tramos de la red vial en el Departamento de Cerro Largo" , promovida por la Dirección Nacional de Vialidad.

RESULTANDO: I) Que dichos trabajos fueron contratados en forma directa, al amparo del Régimen de Reinserción Laboral y Empresarial, a la firma MERCOVIAL S.R.L., según resolución del Poder Ejecutivo, de 27 de octubre de 1999.

II) Que dicha adjudicación  fue realizada a los efectos del mantenimiento rutinario en los siguientes tramos: Ruta N° 7, entre las progresivas 357Km.000 -377Km800, Ruta N° 8 entre las progresivas 401Km.700 -457Km.500 y Ruta N° 26, entre las progresivas 0Km.000 78Km.000 y 393Km.100 - 434Km.000, totalizando una longitud aproximada de 197 Kilómetros, en el Departamento de Cerro Largo.

III) Que la Dirección Nacional de Vialidad en base a las necesidades del servicio y el buen cumplimiento del contrato por parte de la empresa promueve la mencionada ampliación, a fin de ejecutar trabajos similares a los licitados y por un nuevo período de dos años y por única vez, de conformidad con lo establecido en los documentos de contratación originales.

IV) Que la mencionada ampliación asciende a la suma de $7:712.489,59 para Contrato y $1:773.872,59 para el Impuesto al Valor Agregado (23%) mas los Mayores Costos resultantes.-

V) Que la empresa MERCOVIAL S.R.L. prestó su conformidad para ejecutar dichos trabajos según consta en estos obrados.

VI) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central -Carpeta N° 185.563) ha tomado la intervención que le compete sin formular objeciones al respecto.

CONSIDERANDO: que corren agregados en estas actuaciones afectación del crédito para atender el gasto de que se trata, según surge del aporte documental formulado por la

Gerencia Financiera de la Dirección Nacional de Vialidad.

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 63 del "T.O.C.A.F. 1996", aprobado por Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997, y Decretos N°s 90/000 y 295/000 de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000 respectivamente.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Amplíase, por un nuevo período de 2 (dos) años la contratación directa de la empresa MERCOVIAL S.R.L. para efectuar los trabajos de "Mantenimiento rutinario integral de algunos tramos de la red vial en el Departamento de Cerro Largo" cuya adjudicación se produjo por resolución del Poder Ejecutivo de 27 de octubre de 1999..

2º.- Autorízase a dichos fines la inversión total de $18:972.724,26, (pesos uruguayos: dieciocho millones novecientos setenta y dos mil setecientos veinticuatro con veintiséis centésimos), -base boletín de abril 1999; U$S 11,115- estimándose una ejecución primaria de gastos para el presente Ejercicio 2002 de $4:244.257,00 (pesos uruguayos cuatro millones doscientos cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y siete). El saldo se ejecutará en los Ejercicios 2003 y 2004.

Dicha inversión será con cargo a fondos asignados por la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10, Unidad Ejecutora 003, Proyecto 855, Financiación 1.4 FIMTOP. Se estima una ejecución aproximada, impuestos incluidos.

3º.- Autorízase a la Dirección Nacional de Vialidad a suscribir con la firma adjudicataria y ad-referendum de su aprobación por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas el Contrato de Obra Pública, correspondiente a esta ampliación.

4º.- Comuníquese y previa intervención por parte del Contador Central delegado del Tribunal de Cuentas de la República, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad a sus efectos.