20/06/02
18/06/02 - AMPLÍASE POR
DOS AÑOS LA CONTRATACIÓN DIRECTA DE LA EMPRESA MERCOVIAL S.R.L.
VISTO: estos
antecedentes relacionados con la prórroga del contrato de los trabajos
de: "Mantenimiento rutinario integral de algunos tramos de la red
vial en el Departamento de Cerro Largo" , promovida por la Dirección
Nacional de Vialidad.
RESULTANDO: I) Que
dichos trabajos fueron contratados en forma directa, al amparo del
Régimen de Reinserción Laboral y Empresarial, a la firma MERCOVIAL
S.R.L., según resolución del Poder Ejecutivo, de 27 de octubre de 1999.
II) Que dicha
adjudicación fue realizada a
los efectos del mantenimiento rutinario en los siguientes tramos: Ruta N°
7, entre las progresivas 357Km.000 -377Km800, Ruta N° 8 entre las
progresivas 401Km.700 -457Km.500 y Ruta N° 26, entre las progresivas
0Km.000 78Km.000 y 393Km.100 - 434Km.000, totalizando una longitud
aproximada de 197 Kilómetros, en el Departamento de Cerro Largo.
III) Que la
Dirección Nacional de Vialidad en base a las necesidades del servicio y
el buen cumplimiento del contrato por parte de la empresa promueve la
mencionada ampliación, a fin de ejecutar trabajos similares a los
licitados y por un nuevo período de dos años y por única vez, de
conformidad con lo establecido en los documentos de contratación originales.
IV)
Que la mencionada ampliación asciende a la suma de $7:712.489,59 para
Contrato y $1:773.872,59 para el Impuesto al Valor Agregado (23%) mas los
Mayores Costos resultantes.-
V)
Que la empresa MERCOVIAL S.R.L. prestó su conformidad para ejecutar
dichos trabajos según consta en estos obrados.
VI)
Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central -Carpeta N°
185.563) ha tomado la intervención que le compete sin formular objeciones
al respecto.
CONSIDERANDO:
que corren agregados en estas actuaciones afectación del crédito para
atender el gasto de que se trata, según surge del aporte documental
formulado por la
Gerencia
Financiera de la Dirección Nacional de Vialidad.
ATENTO:
a lo dispuesto por el
artículo 63 del "T.O.C.A.F. 1996", aprobado por Decreto N°
194/997 de 10 de junio de 1997, y Decretos N°s 90/000 y 295/000 de 3 de
marzo y 11 de octubre de 2000 respectivamente.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.-
Amplíase, por un nuevo período de 2 (dos) años la contratación directa
de la empresa MERCOVIAL S.R.L. para efectuar los trabajos de
"Mantenimiento rutinario integral de algunos tramos de la red vial en
el Departamento de Cerro Largo" cuya adjudicación se produjo por
resolución del Poder Ejecutivo de 27 de octubre de 1999..
2º.-
Autorízase a dichos
fines la inversión total de $18:972.724,26, (pesos uruguayos: dieciocho
millones novecientos setenta y dos mil setecientos veinticuatro con
veintiséis centésimos), -base boletín de abril 1999; U$S 11,115-
estimándose una ejecución primaria de gastos para el presente Ejercicio
2002 de $4:244.257,00 (pesos uruguayos cuatro millones doscientos cuarenta
y cuatro mil doscientos cincuenta y siete). El saldo se ejecutará en los
Ejercicios 2003 y 2004.
Dicha
inversión será con cargo a fondos asignados por la Ley N° 17.296 de 21
de febrero de 2001, Inciso 10, Unidad Ejecutora
003, Proyecto 855, Financiación 1.4 FIMTOP. Se estima
una ejecución aproximada, impuestos incluidos.
3º.-
Autorízase a la
Dirección Nacional de Vialidad a suscribir con la firma adjudicataria y
ad-referendum de su aprobación por parte del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas el Contrato de Obra Pública, correspondiente a esta
ampliación.
4º.-
Comuníquese
y previa intervención por parte del Contador Central delegado del
Tribunal de Cuentas de la República, vuelva a la Dirección Nacional de
Vialidad a sus efectos.
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