20/06/02
18/06/02 – EXPROPIACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD
PÚBLICA
VISTO:
estos antecedentes relacionados con las obras de la "Ruta N° 11 -
Tramo: Pueblo Raigón -Ruta N° 79".
RESULTANDO:
1) Que la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas, informa que a los efectos de la normal ejecución de
las obras de referencia, es necesario expropiar una fracción de terreno
decretando su urgente ocupación, propiedad de Eulogio Falero, Padrón N°
6690 (p ), ubicada en la 2a Sección Judicial y 2a Sección Catastral del
Departamento de San José;
II)
Que la Asesoría Técnica (Area Jurídica) de la citada Unidad Ejecutora,
expresa que no tiene observaciones que formular a las presentes
actuaciones.
CONSIDERADO:
que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia.
ATENTO:
a lo establecido en el
Art. 3° Inc. 2 y Art. 4° Numeral 1° de la Ley de Expropiaciones
N° 3958 del 28 de marzo de 1912 .
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Desígnase
para ser expropiada por causa de utilidad pública decretando su urgente
ocupación, una fracción de terreno, Padrón N° 6690 (p ), ubicada en la
28. Sección Judicial y 28 Sección Catastral del Departan1ento de San
José, propiedad de Eulogio Falero, destinada a las obras de la "Ruta
N° 11- Tramo: Pueblo Raigón -Ruta N° 79", dicha fracción se
encuentra señalada con el N° 2E en el plano del Ingeniero Agrimensor
Ignacio Rivero, de fecha octubre de 2001, inscripto en la Dirección
Nacional de Catastro (Oficina Delegada de San José) con el N° 8704 el
día 4 de enero de 2002, tiene un área de 896m2 y sus deslindes son: por
el Sur, tramo recto de 151m94 con frente a Ruta N° 11; por el Noroeste,
tramo recto de 7m53 lindando con el Padrón 1285 (P) (fracción N° lE del
mismo plano); por el Norte, tramo recto de 15lm16 lindando con el resto
del Padrón 6690 y por el Sureste, tramo recto de 4m56 lindando con el
Padrón 3949.
2°) Previamente
a que el Organismo que expropia apruebe la tasación del bien y disponga
la prosecución de los procedimientos correspondientes deberá efectuarse
la imputación preventiva a efectos de asegurar la dísponibilidad
de crédito para la misma.
3°)
COMUNÍQUESE y vuelva a la Dirección Nacional Topografía del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas a sus efectos.
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