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       27/06/02    
        
      26/06/02
      – SE MODIFICA EL NUMERAL 1° DE LA
      RESOLUCIÓN DE 25 DE MAYO DE 1999 
      VISTO:
      la presente gestión
      promovida por la empresa Gasoducto Cruz del Sur S.A., tendiente a excluir
      los predios padrones que relaciona de los que se individualizan en la
      Resolución del Poder Ejecutivo de 25 de mayo de 1999;
      
       
      RESULTANDO:
      I) que por dicho acto
      se gravaron a favor del Estado (art. 4°, ley 15.637 de 28 de setiembre de
      1984) determinados predios con servidumbre de ocupación, paso, acceso y
      servicio para la construcción, operación, reparación, mantenimiento y
      conservación del gasoducto a construir por la empresa Gasoducto Cruz del
      Sur S.A., según contrato de 22 de marzo de 1999;
      
       
      II)
      que el presente petitorio se fundamenta en las modificaciones introducidas
      al trazado de la obra;
      
       
      CONSIDERANDO:
      que la Asesoría
      Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería no encuentra
      impedimento para proceder en la forma impetrada, en función de lo
      informado por la Dirección Nacional de Energía;
      
       
      ATENTO
      : a lo expuesto; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
      
       
      1°.-
      Modifícase el numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo de 25
      de mayo de 1999, a fin de excluir de lo dispuesto en la misma los
      siguientes predios padrones: 
       
      a.- Departamento de Colonia: Nros. 2.012, 6.186, 16.510 y 16.509 de la 12a
      Sección Catastral; 
      
       
      b.-
      Departamento de San José: Nros. 166, 11.694 y 14.799 de la 6a Localidad
      Catastral; Nros. 10.943, 9.886, 12.152,703 y 543 de la 8a Sección
      Catastral; Nros. 1, 30, 85, 86, 9, 134 y 114 Localidad Catastral SAFICI;
      Nros. 1.124, 1.102, 1.153, 1.059, 1.106, 1.125, 1.103, 1.078 y 1.082 de la
      Localidad Catastral Villa Rives;
      
       
      c.-
      Departamento de Montevideo: Nros. 43.343, 174.778, 97.755, 159.898,
      159.897, 42.438, 43.593, 43.427, 43.429, 43.430, 43.431, 43.432, 43.434,
      163.323, 97.951, 43.460, 43.461, 171.387, 171.388, 43.462, 43.463,
      410.677, 43.464, 43.465, 43.466, 141.680, 141.681, 155.909, 155.910,
      192.608, 192.609, 192.610, 192.651, 192.652, 192.653, 192.654, 192.655,
      192.656, 192.657, 192.725, 192.726, 192.727, 192.728, 192.729, 192.730,
      192.731, 192.732, 192.733, 192.734, 192.735, 43.546, 406.932, 43.733,
      173.258, 43.734 y 43.735
      
       
      2°.-Notifíquese,
      comuníquese, etc.
        
       
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