27/06/02
26/06/02
– SE DECLARA CADUCIDAD DEL PERMISO DE
EXPLOTACIÓN A GANADRIEX LTDA.
VISTO:
las presentes
actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología,
tendiente a declarar la caducidad del título minero CONCESIÓN PARA
EXPLOTAR otorgado a GANAGRIEX LTDA. por Resolución de 13 de enero de 1992
para la explotación de un yacimiento de arcilla, afectando el predio
padrón No.2256 ubicado en la 8a Sección Judicial del Departamento de
Durazno en un área de 30 hás.
RESULTANDO:
I): que el plazo de
vigencia de la Concesión para Explotar se estableció en 30 años a
partir de la toma de posesión de los derechos atribuidos por el mismo,
ocurrida el 30 de enero de 1992;
II)
que con fecha 6 de marzo de 1997 la Dirección Nacional de Minería y
Geología informa que, el titular adeuda canon de producción desde 1992 y
planillas de producción presentadas fuera de fecha, no habiendo dado
cumplimiento a su pago.
CONSIDERANDO:
que se ha configurado
en el caso la caducidad prevista en el art. 21 ordinal II, literal c)
numeral 1 del Código de Minería
ATENTO:
a lo informado por la
Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA,
RESUELVE
1°
-Declárase que se ha producido la caducidad del título minero
CONCESIÓN PARA EXPLOTAR otorgado a GANAGRIEX LTDA. por Resolución de
fecha 13 de enero de 1992 para la explotación de un yacimiento de
arcilla, afectando el predio padrón No.2256 ubicado en la 8a Sección
Judicial del Departamento de Durazno en un área de 30 hás.
2°
-Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos
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