27/06/02      

26/06/02 – SE DECLARA CADUCIDAD DEL PERMISO DE EXPLOTACIÓN A GANADRIEX LTDA.

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología, tendiente a declarar la caducidad del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR otorgado a GANAGRIEX LTDA. por Resolución de 13 de enero de 1992 para la explotación de un yacimiento de arcilla, afectando el predio padrón No.2256 ubicado en la 8a Sección Judicial del Departamento de Durazno en un área de 30 hás.

RESULTANDO: I): que el plazo de vigencia de la Concesión para Explotar se estableció en 30 años a partir de la toma de posesión de los derechos atribuidos por el mismo, ocurrida el 30 de enero de 1992;

II) que con fecha 6 de marzo de 1997 la Dirección Nacional de Minería y Geología informa que, el titular adeuda canon de producción desde 1992 y planillas de producción presentadas fuera de fecha, no habiendo dado cumplimiento a su pago.

CONSIDERANDO: que se ha configurado en el caso la caducidad prevista en el art. 21 ordinal II, literal c) numeral 1 del Código de Minería

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

RESUELVE

1° -Declárase que se ha producido la caducidad del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR otorgado a GANAGRIEX LTDA. por Resolución de fecha 13 de enero de 1992 para la explotación de un yacimiento de arcilla, afectando el predio padrón No.2256 ubicado en la 8a Sección Judicial del Departamento de Durazno en un área de 30 hás.

2° -Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos