27/06/02
26/06/02
– SE DECLARA CADUCIDAD DEL PERMISO DE PROSPECCIÓN
A NERASUR S.A.
VISTO:
las presentes
actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología
tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE
PROSPECCION concedido a NERASUR S.A. por resolución de 21 de febrero de
2000, en busca de oro, plata, platino, cobre, plomo, zinc, estaño,
tungsteno, diamantes, apatita, zafiro, niobio, barita, casiterita,
rutilos, turmalinas, ágatas y amatistas, en la 14a Sección Catastral del
Departamento de Tacuarembó y la 6a Sección Catastral del Departamento de
Salto
RESULTANDO:
que el referido título
fue otorgado por el plazo de 24 meses y notificado el 24 de febrero de
2000
CONSIDERANDO:
que habiéndose
configurado la causal de vencimiento del plazo de validez del título
minero prevista en el artículo 21, ordinal I), literal a), del Código de
Minería, corresponde declarar su caducidad;
ATENTO:
a lo informado por la
Dirección Nacional- de Minería y Geología y lo dictaminado por la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBUCA
RESUELVE
1°.-
Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO
DE PROSPECCION otorgado a NERASUR S.A. por resolución de 21 de febrero de
2000, en busca de oro, plata, platino, cobre, plomo, zinc, estaño,
tungsteno, diamantes, apatita, zafiro, niobio, barita, casiterita,
rutilos, turmalinas, ágatas y amatistas, en una superficie de 9.557 hás.
7.092 m.c., afectando los padrones 996, 1003, 1006, 1110, 4067, 4514,
4556, 4829, 4978, 5046, 5439, 6202, 6205, 6274, 6594, 6696, 6697, 6698,
7077, 7213, 7234, 7407, 7687,7795, 7818, 8022, 8068, 9147 y 9656 de la 14a
Sección Catastral del Departamento de Tacuarembó y 655, 716, 718, 720,
721, 723, 724, 725, 726, 732, 733, 734, 748, 766, 771, 772, 828, 892,
2315, 2343, 2488, 2490, 2493,
2501, 2775, 2818, 3684, 3753, 3883, 4592, 6970, 7551,7557,7558, 8629,
9524, 9820, 9821, 9822 y 9823 de la 6a Sección Catastral del Departamento
de Salto.-
2°.-
Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería
y Geología a sus efectos.
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