16/07/02
16/07/02
– SE AUTORIZA LA CREACIÓN DEL INSTITUTO CARDIOVASCULAR DEL URUGUAY
VISTO:
estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por el Instituto
Cardiovascular del Uruguay (ICU);
RESULTANDO:
que por la misma solicita la creación como Instituto de Medicina
Altamente Especializada (I.M.A.E.) que funcionará en el marco de Médica
Uruguaya Corporación de Asistencia Médica, quien le proporcionará la
infraestructura necesaria;
CONSIDERANDO
I) que los interesados dieron cumplimiento a las disposiciones legales
vigentes;
II)
que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de Salud no
formulan objeciones al respecto;
ATENTO:
a lo establecido en el Decreto-Ley N°15.181 de 21 de agosto de 1981 y
Decreto No.358/993 de 5 de agosto de 1993;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Autorizase la creación del Instituto Cardiovascular del Uruguay (ICU)
como Instituto de Medicina Altamente Especializada (I.M.A.E.), que
funcionará en el marco de Médica Uruguaya Corporación de Asistencia
Médica, quien le proporcionará la infraestructura necesaria
2°.-
Establécese que previo a la puesta en funcionamiento del Servicio
mencionado deberá recabarse la correspondiente habilitación ante el
Ministerio de Salud Pública
3°.-
Comuníquese.
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