16/07/02      

16/07/02 – SE AUTORIZA LA CREACIÓN DEL INSTITUTO CARDIOVASCULAR DEL URUGUAY

VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por el Instituto Cardiovascular del Uruguay (ICU);

RESULTANDO: que por la misma solicita la creación como Instituto de Medicina Altamente Especializada (I.M.A.E.) que funcionará en el marco de Médica Uruguaya Corporación de Asistencia Médica, quien le proporcionará la infraestructura necesaria;

CONSIDERANDO I) que los interesados dieron cumplimiento a las disposiciones legales vigentes;

II) que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de Salud no formulan objeciones al respecto;

ATENTO: a lo establecido en el Decreto-Ley N°15.181 de 21 de agosto de 1981 y Decreto No.358/993 de 5 de agosto de 1993;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Autorizase la creación del Instituto Cardiovascular del Uruguay (ICU) como Instituto de Medicina Altamente Especializada (I.M.A.E.), que funcionará en el marco de Médica Uruguaya Corporación de Asistencia Médica, quien le proporcionará la infraestructura necesaria

2°.- Establécese que previo a la puesta en funcionamiento del Servicio mencionado deberá recabarse la correspondiente habilitación ante el Ministerio de Salud Pública

3°.- Comuníquese.