16/07/02      

16/07/02 – SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA A VENDER INMUEBLE EN LA CIUDAD DE MONTEVIDEO

VISTO: la existencia dentro del patrimonio del Estado y afectado al Ministerio de Salud Pública del bien inmueble padrón 80384 de la ciudad de Montevideo, con frente a la calle Vaimaca N° 4389;

RESULTANDO: I) que dicho inmueble lo hubo de la Testamentaria de Don Mario Roberto Plácido García Quevedo o Mario Roberto García quien falleció el día 18 de agosto de 1994, bajo las disposiciones del testamento solemne abierto de fecha 30 de abril de 1963, autorizado por el Escribano Roberto Farachio;

II) que de acuerdo a lo dispuesto por dicho testamento, instituyó como único heredero al Ministerio de Salud Pública, con destino al Hospital de San José;

CONSIDERANDO: que el Poder Ejecutivo puede enajenar bienes fiscales fundado en causales de necesidad o utilidad, dentro de las cuales está comprendida la enajenación de los bienes de la mencionada sucesión;

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 343 de la Ley N°13.835 de fecha 7 de enero de 1970, modificativas y concordantes y a lo precedentemente expuesto; 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Autorizase al Ministerio de Salud Pública a vender el bien inmueble padrón 80384 de la ciudad de Montevideo, con frente a la calle Vaimaca N° 4389 de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 343 de la Ley N°13.835 de fecha 7 de enero de 1970, modificativas y concordantes.

2°.- Cúmplase la voluntad testamentaria de Don Mario Roberto Plácido García Quevedo o Mario Roberto García en cuanto al destino a darse al bien de conformidad con lo dispuesto por testamento.

3°.- Facúltase al titular del Ministerio de Salud Pública a suscribir el correspondiente compromiso de compraventa y/o escritura traslativa de dominio pertinente.

4°.- Comuníquese.