16/07/02
16/07/02
– SE ADJUDICA LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE
ASISTENCIA MÉDICA PARA FUNCIONARIOS POLICIALES
VISTO:
la Licitación Pública N° 23/02 llevada a cabo por la Dirección
Nacional de Sanidad Policial para la contratación de servicios de
asistencia médica para funcionarios policiales en actividad o retiro en
el Interior de la República
RESULTANDO:
I) que en la oportunidad prevista en el respectivo Pliego de Condiciones
Particulares se procedió a la apertura de las ofertas, habiéndose
presentado las siguientes veinticinco firmas: ASISTENCIA MEDICA
COOPERATIVA DE MALDONADO (AMECOM), AMEDRIM (ASISTENCIAL MEDICA DE RIO
NEGRO) COOPERATIVA MEDICA, ASOCIACION MEDICA DE SAN JOSE (AMSJ),
COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DE CERRO LARGO (CAMCEL), COOPERATIVA
ASISTENCIAL MEDICA DE LAVALLEJA (CAMDEL), COOPERATIVA
DE ASISTENCIA MEDICA DE SORIANO (CAMS), COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DE
RIVERA (CASMER), COOPERATIVA MEDICA DE TACUAREMBO (COMTA), COOPERATIVA
MEDICA DE FLORIDA (COMEF), COOPERATIVA MEDICA DE ROCHA (COMERO),
COOPERATIVA MEDICA DE FLORES (COMEFLO), COOPERATIVA MEDICA DE RIVERA (
COMERI), CORPORACION MEDICA DE PAYSANDU (COMEPA), COOPERATIVA MEDICA DE
CERRO LARGO (CAMCEL), COOPERATIVA MEDICA DE TREINTA Y TRES (CO.ME.TT.),
COOPERATIVA REGIONAL DE ASISTENCIA MEDICA DEL ESTE (CRAME), COOPERATIVA
REGIONAL DE ASISTENCIA MEDICA INTEGRAL (CRAMI), GREMIAL MEDICA ARTIGUENSE
(GRE.ME.DA.), INSTITUTO ASISTENCIAL COLECTIVO (I.A.C.), MEDICA URUGUAYA
(CORPORACION DE ASISTENCIA MEDICA), CENTRO DE ASISTENCIA MEDICA (CAM)
(SOCIEDAD MEDICO QUIRURGICA DE SALTO), COOPERATIVA DE ASISTENCIA MEDICA DE
DURAZNO (CAMEDUR), COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DEL ESTE DE COLONIA
(CAMEC), COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DEL OESTE DE COLONIA (CAMOC) y
ORGANIZACIÓN DE ASISTENCIA MEDICA COOPERATIVA DE COLONIA (ORAMECO)
II)
que del estudio de las ofertas presentadas la Comisión Asesora de
Adjudicaciones aconsejó las siguientes contrataciones: en el Departamento
de Artigas con GREMIAL MEDICA ARTIGUENSE (GREMEDA); por un precio cuota de
$ 465,43 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y cinco con cuarenta y
tres), por ser el único oferente; en el Departamento de Canelones con
COOPERATIVA DE ASISTENCIA MEDICA INTEGRAL (CRAMl) por un precio cuota de $
467,10 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con diez), por mejor
precio; en el Departamento de Cerro Largo con COOPERATIVA ASISTENCIAL
MEDICA DE CERRO LARGO (CAMCEL), por un precio cuota de $ 466,27 (pesos
uruguayos cuatrocientos sesenta y seis con veintisiete) en virtud del
informe técnico; en el Departamento de Colonia con las COOPERATIVAS
ASISTENCIAL MEDICA DEL ESTE DE COLONIA (CAMEC) y ASISTENCIAL MEDICA DEL
OESTE DE COLONIA. (CAMOC) y con la ORGANIZACION DE ASISTENCIA MEDICA
COOPERATIVA DE COLONIA (ORAMECO) por un precio cuota de $ 460,48 (pesos
uruguayos cuatrocientos sesenta con cuarenta y ocho), por ser los únicos
oferentes; en el Departamento de Durazno con la COOPERATIVA DE ASISTENCIA
MEDICA DE DURAZNO (CAMEDUR) por un precio cuota de $ 467,87 (pesos
uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con ochenta y siete), por ser el
único oferente; en el Departamento de Flores con la' COOPERATIVA MEDlCA
DE FLORES (COMEFLO) por un precio cuota de $ 467,91 (pesos uruguayos
cuatrocientos sesenta y siete con noventa y uno), por ser el único
oferente; en el Departamento, de Florida con la COOPERATIVA MEDICA DE
FLORIDA (COMEF) por un precio cuota de $ 468 (pesos uruguayos
cuatrocientos sesenta y ocho), por ser el único oferente; en el
Departamento de Lavalleja con COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDlCA DE LAVALLEJA
(CAMDEL), por un precio cuota de $ 468,38 (pesos uruguayos cuatrocientos
sesenta y ocho con treinta y ocho), por ser el único oferente; en el
Departamento de Maldonado con COOPERATIVA REGIONAL DE ASISTENCIA MEDICA
DEL ESTE .(CRAME) por un precio cuota de $ 456 (pesos uruguayos
cuatrocientos cincuenta y seis), por mejor precio; en el Departamento de
Paysandú con CORPORACION MEDICA DE PAYSANDU (COMEPA) por un precio cuota
de $ 467,90 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con noventa),
por ser el único oferente; en el Departamento de Rocha con COOPERATIVA
MEDICA DE ROCHA (COMERO) por un precio cuota de $ 468,08 (pesos uruguayos
cuatrocientos sesenta y ocho con cero ocho ), por ser el único oferente;
en el Departamento de Río Negro con ASISTENCIAL MEDICA DE RIO NEGRO
(AMEDRIN) por un precio cuota de $ 460,78 (pesos uruguayos cuatrocientos
sesenta con setenta y ocho ), por ser el único oferente; en el
Departamento de Rivera con COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DE RIVERA
(CASMER) por un precio cuota de $ 457,70 (pesos uruguayos cuatrocientos
cincuenta y siete con setenta), por mejor precio; en el Departamento de
Salto con CENTRO DE ASISTENCIA MEDICA (CAM) (Sociedad Médico Quirúrgica
de Salto) por un precio cuota de $ 467,65 (pesos uruguayos cuatrocientos
sesenta y siete con sesenta y cinco), por ser el único oferente; en el
Departamento de San José con ASOCIACION MEDICA DE SAN JOSE (AMSJ) por un
precio cuota de $ 467,95 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y, siete
con noventa y cinco), por ser el único oferente; en el Departamento de
Soriano con COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DE SORIANO (CAMS) por un precio
cuota de $ 467,98 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con
noventa y ocho }; por ser el único oferente; en el Departamento de
Tacuarembó con COOPERATIVA MEDICA DE TACUAREMBO (COMTA) por un precio
cuota de $ 467,98 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con
noventa y ocho ), por ser el único oferente; y en el Departamento de
Treinta y Tres con INSTITUTO DE ASISTENCIA COLECTIVA (I.A.C.) por un
precio cuota de $ 468,00 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y ocho) en
virtud del informe técnico. A los valores de las cuotas referidas se les
adicionará la sobrecuota de Fondo de Inversión, si correspondiere, y el
monto correspondiente al Fondo Nacional de Recursos.
III)
que la erogación resultante se atenderá con cargo a Fondos de Rentas
Generales, Financiación 1.1, a través de los créditos asignados por
Transferencias en el Grupo 5, Objetó del Gasto 578, Auxiliar 003
(Asistencia de Policías Activos del Interior) y Auxiliar 006 (Asistencia
de Retirados Policiales del Interior), según informe de la Asesoría
Contable de la Dirección Nacional de Sanidad Policial que luce a fojas
940
IV)
que el Tribunal de Cuentas de la República con fecha 20 de junio de 2002
observó el gasto derivado de la adjudicación a la Cooperativa Médica
Asistencial de Rivera CASMER en virtud de que la oferta de Cooperativa
Médica de Rivera (COMERI) que no incluyó el Fondo de Inversión era
notoriamente mas baja y nada indica en su oferta que, en caso de que lo
obtenga, fuera a trasladarlo al Estado
CONSlDERANDO:
I) que se ha cumplido con las formalidades exigidas por el Decreto N°
194/997 de 10 de junio de 1997 (TOCAF 1996)
II)
que, en cuanto a la observación del Tribunal de Cuentas, debe señalarse
que se ha cumplido estrictamente con lo dispuesto en el artículo 3° del
Pliego Particular de Condiciones y que no deben confundirse los conceptos
de "valor a comparar" y "precio a pagar". El precio se
compone de tres rubros: cuota, Fondo Nacional de Recursos y sobrecuota de
inversión, y el valor a comparar es el monto de la cuota individual por
afiliado
ATENTO:
a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
ADJUDÍCASE la Licitación Pública N° 23/02 llevada a cabo por la
Dirección Nacional de Sanidad Policial para la contratación de servicios
de asistencia médica para funcionarios policiales en actividad o retiro
en el interior de la República a las firmas: GREMEDA, CRAMI, CAMCEL,
CAMEC, CAMOC, ORAMECO, CAMEDUR, COMEFLO, COMEF, CAMDEL, CRAME, COMEPA,
COMERO, AMEDRIN, CASMER, CAM, AMSJ, CAMS, COMTA e I.A.C. de acuerdo a las
condiciones que surgen del Resultando II de la presente resolución.
2°)
La erogación resultante se atenderá con cargo a Fondos de Rentas
Generales, Financiación 1.1, a través de los créditos asignados por
transferencias en el Grupo 5, Objeto del Gasto 578, Auxiliar 003
(Asistencia de Policías Activos del Interior) y Auxiliar 006 (Asistencia
de Retirados Policiales del Interior), según informe de la Asesoría
Contable de la Dirección Nacional de Sanidad Policial que luce a fojas
940
3°)
REITÉRASE el gasto en lo referente a la adjudicación a la firma
Cooperativa Medica Asistencial de Rivera ( CASMER ):
4°)
REMÍTASE copia al Tribunal de Cuentas de la República y pase a la
Dirección Nacional de Sanidad Policial a sus efectos. Oportunamente,
archívese.
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