16/07/02      

16/07/02 – SE ADJUDICA LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA MÉDICA PARA FUNCIONARIOS POLICIALES

VISTO: la Licitación Pública N° 23/02 llevada a cabo por la Dirección Nacional de Sanidad Policial para la contratación de servicios de asistencia médica para funcionarios policiales en actividad o retiro en el Interior de la República

RESULTANDO: I) que en la oportunidad prevista en el respectivo Pliego de Condiciones Particulares se procedió a la apertura de las ofertas, habiéndose presentado las siguientes veinticinco firmas: ASISTENCIA MEDICA COOPERATIVA DE MALDONADO (AMECOM), AMEDRIM (ASISTENCIAL MEDICA DE RIO NEGRO) COOPERATIVA MEDICA, ASOCIACION MEDICA DE SAN JOSE (AMSJ), COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DE CERRO LARGO (CAMCEL), COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DE LAVALLEJA (CAMDEL), COOPERATIVA DE ASISTENCIA MEDICA DE SORIANO (CAMS), COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DE RIVERA (CASMER), COOPERATIVA MEDICA DE TACUAREMBO (COMTA), COOPERATIVA MEDICA DE FLORIDA (COMEF), COOPERATIVA MEDICA DE ROCHA (COMERO), COOPERATIVA MEDICA DE FLORES (COMEFLO), COOPERATIVA MEDICA DE RIVERA ( COMERI), CORPORACION MEDICA DE PAYSANDU (COMEPA), COOPERATIVA MEDICA DE CERRO LARGO (CAMCEL), COOPERATIVA MEDICA DE TREINTA Y TRES (CO.ME.TT.), COOPERATIVA REGIONAL DE ASISTENCIA MEDICA DEL ESTE (CRAME), COOPERATIVA REGIONAL DE ASISTENCIA MEDICA INTEGRAL (CRAMI), GREMIAL MEDICA ARTIGUENSE (GRE.ME.DA.), INSTITUTO ASISTENCIAL COLECTIVO (I.A.C.), MEDICA URUGUAYA (CORPORACION DE ASISTENCIA MEDICA), CENTRO DE ASISTENCIA MEDICA (CAM) (SOCIEDAD MEDICO QUIRURGICA DE SALTO), COOPERATIVA DE ASISTENCIA MEDICA DE DURAZNO (CAMEDUR), COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DEL ESTE DE COLONIA (CAMEC), COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DEL OESTE DE COLONIA (CAMOC) y ORGANIZACIÓN DE ASISTENCIA MEDICA COOPERATIVA DE COLONIA (ORAMECO)

II) que del estudio de las ofertas presentadas la Comisión Asesora de Adjudicaciones aconsejó las siguientes contrataciones: en el Departamento de Artigas con GREMIAL MEDICA ARTIGUENSE (GREMEDA); por un precio cuota de $ 465,43 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y cinco con cuarenta y tres), por ser el único oferente; en el Departamento de Canelones con COOPERATIVA DE ASISTENCIA MEDICA INTEGRAL (CRAMl) por un precio cuota de $ 467,10 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con diez), por mejor precio; en el Departamento de Cerro Largo con COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DE CERRO LARGO (CAMCEL), por un precio cuota de $ 466,27 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y seis con veintisiete) en virtud del informe técnico; en el Departamento de Colonia con las COOPERATIVAS ASISTENCIAL MEDICA DEL ESTE DE COLONIA (CAMEC) y ASISTENCIAL MEDICA DEL OESTE DE COLONIA. (CAMOC) y con la ORGANIZACION DE ASISTENCIA MEDICA COOPERATIVA DE COLONIA (ORAMECO) por un precio cuota de $ 460,48 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta con cuarenta y ocho), por ser los únicos oferentes; en el Departamento de Durazno con la COOPERATIVA DE ASISTENCIA MEDICA DE DURAZNO (CAMEDUR) por un precio cuota de $ 467,87 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con ochenta y siete), por ser el único oferente; en el Departamento de Flores con la' COOPERATIVA MEDlCA DE FLORES (COMEFLO) por un precio cuota de $ 467,91 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con noventa y uno), por ser el único oferente; en el Departamento, de Florida con la COOPERATIVA MEDICA DE FLORIDA (COMEF) por un precio cuota de $ 468 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y ocho), por ser el único oferente; en el Departamento de Lavalleja con COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDlCA DE LAVALLEJA (CAMDEL), por un precio cuota de $ 468,38 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y ocho con treinta y ocho), por ser el único oferente; en el Departamento de Maldonado con COOPERATIVA REGIONAL DE ASISTENCIA MEDICA DEL ESTE .(CRAME) por un precio cuota de $ 456 (pesos uruguayos cuatrocientos cincuenta y seis), por mejor precio; en el Departamento de Paysandú con CORPORACION MEDICA DE PAYSANDU (COMEPA) por un precio cuota de $ 467,90 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con noventa), por ser el único oferente; en el Departamento de Rocha con COOPERATIVA MEDICA DE ROCHA (COMERO) por un precio cuota de $ 468,08 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y ocho con cero ocho ), por ser el único oferente; en el Departamento de Río Negro con ASISTENCIAL MEDICA DE RIO NEGRO (AMEDRIN) por un precio cuota de $ 460,78 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta con setenta y ocho ), por ser el único oferente; en el Departamento de Rivera con COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DE RIVERA (CASMER) por un precio cuota de $ 457,70 (pesos uruguayos cuatrocientos cincuenta y siete con setenta), por mejor precio; en el Departamento de Salto con CENTRO DE ASISTENCIA MEDICA (CAM) (Sociedad Médico Quirúrgica de Salto) por un precio cuota de $ 467,65 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con sesenta y cinco), por ser el único oferente; en el Departamento de San José con ASOCIACION MEDICA DE SAN JOSE (AMSJ) por un precio cuota de $ 467,95 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y, siete con noventa y cinco), por ser el único oferente; en el Departamento de Soriano con COOPERATIVA ASISTENCIAL MEDICA DE SORIANO (CAMS) por un precio cuota de $ 467,98 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con noventa y ocho }; por ser el único oferente; en el Departamento de Tacuarembó con COOPERATIVA MEDICA DE TACUAREMBO (COMTA) por un precio cuota de $ 467,98 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con noventa y ocho ), por ser el único oferente; y en el Departamento de Treinta y Tres con INSTITUTO DE ASISTENCIA COLECTIVA (I.A.C.) por un precio cuota de $ 468,00 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y ocho) en virtud del informe técnico. A los valores de las cuotas referidas se les adicionará la sobrecuota de Fondo de Inversión, si correspondiere, y el monto correspondiente al Fondo Nacional de Recursos.

III) que la erogación resultante se atenderá con cargo a Fondos de Rentas Generales, Financiación 1.1, a través de los créditos asignados por Transferencias en el Grupo 5, Objetó del Gasto 578, Auxiliar 003 (Asistencia de Policías Activos del Interior) y Auxiliar 006 (Asistencia de Retirados Policiales del Interior), según informe de la Asesoría Contable de la Dirección Nacional de Sanidad Policial que luce a fojas 940

IV) que el Tribunal de Cuentas de la República con fecha 20 de junio de 2002 observó el gasto derivado de la adjudicación a la Cooperativa Médica Asistencial de Rivera CASMER en virtud de que la oferta de Cooperativa Médica de Rivera (COMERI) que no incluyó el Fondo de Inversión era notoriamente mas baja y nada indica en su oferta que, en caso de que lo obtenga, fuera a trasladarlo al Estado

CONSlDERANDO: I) que se ha cumplido con las formalidades exigidas por el Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997 (TOCAF 1996)

II) que, en cuanto a la observación del Tribunal de Cuentas, debe señalarse que se ha cumplido estrictamente con lo dispuesto en el artículo 3° del Pliego Particular de Condiciones y que no deben confundirse los conceptos de "valor a comparar" y "precio a pagar". El precio se compone de tres rubros: cuota, Fondo Nacional de Recursos y sobrecuota de inversión, y el valor a comparar es el monto de la cuota individual por afiliado

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) ADJUDÍCASE la Licitación Pública N° 23/02 llevada a cabo por la Dirección Nacional de Sanidad Policial para la contratación de servicios de asistencia médica para funcionarios policiales en actividad o retiro en el interior de la República a las firmas: GREMEDA, CRAMI, CAMCEL, CAMEC, CAMOC, ORAMECO, CAMEDUR, COMEFLO, COMEF, CAMDEL, CRAME, COMEPA, COMERO, AMEDRIN, CASMER, CAM, AMSJ, CAMS, COMTA e I.A.C. de acuerdo a las condiciones que surgen del Resultando II de la presente resolución.

2°) La erogación resultante se atenderá con cargo a Fondos de Rentas Generales, Financiación 1.1, a través de los créditos asignados por transferencias en el Grupo 5, Objeto del Gasto 578, Auxiliar 003 (Asistencia de Policías Activos del Interior) y Auxiliar 006 (Asistencia de Retirados Policiales del Interior), según informe de la Asesoría Contable de la Dirección Nacional de Sanidad Policial que luce a fojas 940

3°) REITÉRASE el gasto en lo referente a la adjudicación a la firma Cooperativa Medica Asistencial de Rivera ( CASMER ):

4°) REMÍTASE copia al Tribunal de Cuentas de la República y pase a la Dirección Nacional de Sanidad Policial a sus efectos. Oportunamente, archívese.