26/07/02
22/07/02
– EXONERACIÓN DE RECARGOS PARA FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO EN EL CONO
SUR
VISTO: la
gestión promovida por la Fundación para el Desarrollo del Cono Sur en la
que solicita autorización para importar con exoneración de recargos y
demás gravámenes diversos bienes.-
RESULTANDO:
I) que la Fundación gestionante cuenta con personería jurídica
reconocida y
estatutos debidamente aprobados.-
II)
que la peticionante es una fundación privada de interés público, sin
fines de lucro, cuyos objeto es fomentar la formación de recursos humanos
y la
igualdad de oportunidades en el acceso a dicha
formación; fortalecer las relaciones culturales, científicas
universitarias y empresariales
así como los intercambios comerciales entre los países del Cono Sur y
la Unión Europea; fomentar la innovación y desarrollo tecnológico y la
competencia industrial y desarrollo
tecnológico.-
II)
que los bienes a importar serán destinados al desarrollo y difusión de
sus actividades.-
CONSIDERANDO:
que la fundación gestionante se encuentra amparada por los artículos
69° de la Constitución de la República y 134° de la Ley N° 12.802, de
30 de noviembre de 1960.-
ATENTO:
a
lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas y a lo establecido por los artículos
448° y 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
Declárase a la Fundación para el Desarrollo del Cono Sur, exonerada del
pago de recargos, incluido el mínimo, del Impuesto Aduanero Único a la
Importación y del Impuesto al Valor Agregado, así como de todo otro
tributo aplicable en ocasión de la importación de diversos bienes, por
un valor total CIF de U$S 28.558,00 (veintiocho mil quinientos cincuenta y
ocho dólares de los Estados Unidos de América) , que se detallan en
listado adjunto, que forma
parte
de esta Resolución.-
2°)
Los bienes que se mencionan precedentemente no podrán ser enajenados por
un plazo de diez años a partir de la fecha de su introducción definitiva
al país.-
3°)
Comuníquese, notifíquese y archívese.-
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