26/07/02
26/07/02
– SE ADJUDICA LICITACIÓN PUBLICA A LA FIRMA IBRAMAR S.A. PARA
EXTRACCIÓN Y PROCESAMIENTO DE LA ESPECIE ANCHOÍTA
VISTO:
estos
antecedentes elevados por la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos
del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;
RESULTANDO:
I)
por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 14 de junio de 2002, se
calificó el proyecto presentado por la firma IBRAMAR S.A. (Oferta N° 1),
a la licitación pública N° 5/02, con el objeto de la presentación de
proyectos de inversión para adjudicar la extracción y procesamiento de
hasta 200.000 toneladas anuales de desembarque nominal de la especie
anchoíta, mediante buques y plantas pesqueras, dejándose establecido
expresamente que se descarta la alternativa propuesta en su oferta de
utilización de un buque madre no pesquero (Susan Hill), así como el
operar dos buques con bandera extranjera mediante la obtención de
permisos de pesca científicos; se descartó el proyecto presentado por la
firma ANlRCO S.A. (Oferta N° 2) a la licitación pública Nº 5/02 y se
fijó el día 28 de junio de 2002, para el acto de apertura de la
propuesta económica de IBRAMAR S.A. (sobre N° 2) y devolución del sobre
cerrado conteniendo su propuesta económica a la empresa no calificada
(ANlRCO S.A. );
II)
por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de junio de 2002, se
prorrogó hasta el 24 de julio de 2002, el plazo establecido por la
resolución de 14 de junio de 2002, para la apertura del segundo sobre;
III)
el Poder Ejecutivo por resolución de 17 de julio de 2002, no hizo lugar a
la solicitud de suspensión de las resoluciones de fechas 14 y 28 de junio
de 2002, solicitada por la firma ANlRCO S.A., al interponer recurso de
revocación contra las citadas resoluciones;
IV)
el día 24 de julio de 2002, a la hora 14:30, se procedió a la apertura
del sobre N° 2 de la firma IBRAMAR S.A. y la devolución a la firma
ANlRCO S.A. del sobre N° 2;
V)
estudiada la propuesta económica (2° sobre), por parte de la Comisión
Asesora de Adjudicaciones que entendió en estos procedimientos, por Acta
de fecha 25 de julio de 2002, no formula observaciones, por cuanto la
forma de pago del canon ofrecido U$S 20.000 resulta ajustada a lo
establecido en el punto 2.2. del Pliego de Condiciones que rigió el
llamado de referencia, sugiriendo -por tanto- se adjudique la licitación
pública N° 5/02 a la firma IBRAMAR S.A. , conforme a lo dispuesto en el
pliego de condiciones, la propuesta técnica del oferente en los términos
que se indican en el numeral 1° de la resolución del Poder Ejecutivo de
fecha 14 de junio de 2002 y la propuesta económica antes señalada;
CONSIDERANDO:
I) en el caso en vista se han dado cumplimiento los requisitos vigentes en
materia de licitaciones públicas;
ll)
por tanto, no existe inconveniente alguno en adjudicar la licitación
pública N° 5/02, en la forma aconsejada por la Comisión Asesora de
Adjudicaciones que entendió en los procedimientos;
ATENTO:
a lo preceptuado por los Arts. 27 y 33 del TOCAF,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°).
Adjudícase a la firma IBRAMAR S.A., ad-referendum de la intervención
preventiva del Tribunal de Cuentas, la licitación pública N° 5/02, que
tiene por objeto la presentación de proyectos de inversión para la
extracción y procesamiento de hasta 200.000 toneladas anuales de
desembarque nominal de la especie anchoíta, mediante buques y plantas
pesqueras, y el pago de un canon de U$S 20.000 (son veinte mil dólares
americanos), en las condiciones establecidas en el pliego de condiciones
que rigió para esta licitación, la propuesta técnica del oferente en
los términos que se indican en el numeral 1° de la resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 14 de junio de 2002 y la propuesta económica
presentada.
2°).-
El pago del canon deberá integrarse en una sola partida, dentro del plazo
de 30 (treinta) días corridos, a partir de la notificación a la firma
IBRAMAR S.A. de la presente
resolución.
3°).-
Comuníquese y pase al Departamento de Adquisiciones del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca, para su conocimiento, notificación a las
firmas oferentes, y demás efectos.
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