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       01/08/02    
       
      23/07/02
      – SE DESIGNA DIRECTOR DE DIVISIÓN GEOLOGÍA
      
       
      VISTO:
      los Decretos del Poder Ejecutivo Nros. 190/997 del 04 de junio de 1997,
      287/999 del 16 de setiembre de 1999 y 337/999 del 20 de octubre de 1999
      por los cuales se aprobó el proyecto de reformulación de la estructura
      organizativa del Inciso 08 Ministerio de Industria, Energía y Minería y
      se reasignaron economías de la reforma, con destino al financiamiento del
      régimen de Alta Especialización; 
      
       
      RESULTANDO:
      I) que en los referidos Decretos se prevé una función de Alta
      Especialización de Director de División Geología en el Programa 007
      Administración de la Investigación y Contralor Geológico Minero, Unidad
      Ejecutora 007 Dirección Nacional de Minería y Geología;
      
       
      II)
      que por Resoluciones Ministeriales de fechas 4 de marzo de 1999, 4 de
      agosto de 2000 y 18 de mayo de 2001 se aprobó el llamado a Concurso
      Público abierto, las bases respectivas y se designaron a los miembros del  Tribunal de Evaluación;
      
       
      III)
      que se recabó la intervención preceptiva de la Comisión Técnica de
      Selección creada por el Art. 22 del Decreto-Ley N° 14;189 de 30 de abril
      de 1974r la. qué informó
      que se dio cumplimiento con lo establecido en el Art. 3° del Decreto N°
      303/996 del 31 de julio de 1996, así como también a las formalidades
      dispuestas por la normativa, en materia de publicidad y descripción de
      dicha función, considerando que la remuneración fijada, por 6 (seis)
      horas diarias de labor es de $ 17.249.93 (pesos uruguayos diecisiete mil
      doscientos cuarenta y nueve con 93/00), la que es acorde al nivel
      competitivo definido en el Art. 5° del Decreto N° 55/993 del 2 de
      febrero de 1993 y Art. 5° del Decreto N° 303/996 del 31 de julio de
      1996; 
      
       
      IV)
      que la evaluación realizada por el Tribunal determinó la selección del
      postulante Dr. Fernando Preciozzi para la contratación en régimen del
      Alta Especialización para la provisión de una función de Director de
      División Geología; 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que se ha dado cumplimiento con el procedimiento especialmente previsto
      en cuanto al llamado a concurso efectuado y sobre la retribución fijada
      para la función a ocupar; 
      
       
      II)
      a esta retribución solamente se le podrá adicionar los beneficios
      sociales y la prima por antigüedad. El valor de la retribución mensual
      es nominal en pesos a valores vigentes al 1° de enero de 2002;
      
      
       
      III)
      que corresponde proceder en consecuencia; 
      
       
      ATENTO:
      a lo informado por la Comisión Art. 22 del Decreto-Ley N° 14.189 del 30
      de abril de 1974, lo manifestado por la Contaduría General de la Nación,
      con respecto a la suficiencia del crédito pertinente a los efectos de
      realizar la contratación que se solicita, Decreto N° 303/996 del 31 de
      julio de 1996 y lo dispuesto en el Art. 717 de la Ley N° 16.736 del 5 de
      enero de 1996; 
      
       
      EL PRESIDENTE
      DE LA REPÚBLICA 
      RESUELVE
      :
      
       
      1º.
      Desígnase en una función contratada de Director de División Geología,
      en régimen de Alta Especialización a partir de la fecha de la presente
      resolución al amparo de lo establecido en el Decreto N° 303/996 del 31
      de julio de 1996, al Dr. Fernando Preciozzi C.I. 1.466.669-5, en el
      Programa 007 Administración de la Investigación y Contralor Geológico
      Minero, Unidad Ejecutora 007 Dirección Nacional de Minería y
      Geología del Inciso 08 Ministerio de Industria, Energía y Minería, con
      una remuneración mensual por (6) horas diarias de labor de $17.249.93
      (pesos uruguayos diecisiete mil doscientos
      cuarenta y nueve con 93/00) correspondiente al objeto del gasto 038/000
      
       
      2º.
      La erogación resultante de la contratación de que se trata se atenderá
      con las economías generadas por la reformulación organizativa del
      Ministerio de Industria, Energía y Minería, Decreto N° 337/999 del 20
      de octubre de 1999 
      
       
      3º.
      La retribución mensual establecida se incrementará a partir de la fecha
      de la 
      
       
      presente
      Resolución en la misma oportunidad y con el mismo porcentaje de aumentos
      que el Poder Ejecutivo disponga para los salarios de los funcionarios de
      la Administración Central 
      
       
      4º.
      La designación referida en el numeral 1° será sin plazo, quedando
      facultado el Poder Ejecutivo para revocarla por acto fundado, cuando lo
      considere conveniente para el mejor cumplimiento de la función 
      
       
      5º.
      Comuníquese, y pásese a la División Contabilidad y Finanzas y
      Departamento de Recursos Humanos del Ministerio de Industria, Energía y
      Minería
      
       
       
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