01/08/02    

01/08/02 – SE DECLARA CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO “PERMISO DE EXPLORACIÓN” OTORGADO A EDELFIN S.A.

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN concedido a EDELFIN S.A. por resolución de 28 de mayo de 1999, sobre un yacimiento de granito negro, en la 5ª Sección  Catastral del Departamento de Colonia;

RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho título se estableció en 24 meses, siendo notificado el 11 de junio de 1999 y por un área de 60 hás. 5899 m.c. afectando parcialmente el padrón 116, la que fue ampliada por resolución de 2 de junio de 2000 a 71 hás. 8273 m.c.

II) que el 29 de diciembre de 1999 se suspendió el cómputo del plazo de vigencia del título minero en el período comprendido entre el 4 de agosto de 1999 y el 6 de octubre de 1999, en el que no se hizo efectivo el ingreso al predio;

III) que habiendo iniciado la permisaria el trámite de Concesión para Explotar, se prorrogaron automáticamente sus derechos hasta el otorgamiento de dicho título minero;

IV) que la Concesión para Explotar fue otorgada por resolución del Poder Ejecutivo de 23 de agosto de 2001 y labrada el Acta respectiva el 4 de setiembre de 2001;

CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 104 y 21, ordinal I), literal a) del Código de Minería, corresponde declarar la caducidad del presente título por vencimiento del plazo de validez;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería; 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN otorgado a EDELFIN S.A., por resolución de 28 de mayo de 1999 y su modificativa de 2 de junio de 2000, sobre un yacimiento de granito negro, en un área de 71 hás. 8273 m.c. afectando parcialmente el padrón 116 de la 5ª Sección Catastral del Departamento de Colonia.

2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.