07/08/02
07/08/02
– EXONERACIÓN IMPOSITIVA PARA IMPORTACIÓN DE LA I.M.M.
VISTO:
la gestión promovida por la Intendencia Municipal de Montevideo en la que
solicita exoneración de recargos y demás gravámenes que pudieran
corresponder para la importación de equipos de desobstrucción de
cañerías.
RESULTANDO:
I)
que los bienes de referencia serán destinados al mejoramiento de las
tareas que el Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento de la
Intendencia gestionante presta, en el ejercicio de su competencia.
II)
que, en la ocasión, corresponde declarar que los tributos exonerados son:
Tasa Global Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares,
Comisión BROU 3%, Tasa de Servicios Extraordinarios, Tasa de Servicios
Automatizados e Impuesto de Contribución al Financiamiento de la
Seguridad Social.
CONSIDERANDO:
que el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991,
declara que el Estado, los Organismos comprendidos en él artículo 220°
de la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan
de inmunidad impositiva tanto nacional como departamental, por los bienes
y actividades no comerciales ni industriales.
ATENTO:
a lo informado por la Asesoría Jurídica y la División Técnico Fiscal
del Ministerio de Economía y Finanzas.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1°)
Declárase que los tres equipos de desobstrucción de cañerías y kit de
repuestos, que se detallan en listado adjunto, que forma parte de la
presente Resolución, por un valor total CIF de U$S 11.101,oo (once mil
ciento un dólares de los Estados Unidos de América) , a importar por la
Intendencia Municipal de Montevideo, con destino al Servicio de Operación
y Mantenimiento de Saneamiento, se encuentran exonerados de: Tasa Global
Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares, Comisión BROU
3%, Tasa de Servicios Extraordinarios, Tasa de Servicios Automatizados e
Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, según
lo previsto en el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre
de 1991.
2°)
Comuníquese, etc.
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