08/08/02
07/08/02
– AMPLIACIÓN DE MONTOS PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE RUTA N°6
VISTO:
estos
antecedentes relacionados con la ampliación de las obras denominadas:
"Remodelación de la Ruta N° 6, Tramo Avenida Belloni -Km.31",
correspondientes a la Licitación Pública Internacional Nº 51/97
RESULTANDO:
I) Que dichos trabajos fueron adjudicados a la firma RAFAEL
DEMARCO S.A., según Resolución del Poder Ejecutivo, de 24 de junio de
1998 y cedidos posteriormente a la firma TECHINT S.A.C.I., según
Resolución del mismo Poder
de 22 de marzo de 2000.
II)
Que la Dirección Nacional de Vialidad promueve la mencionada
ampliación a fin de atender en las obras de que se trata, un mayor
movimiento de suelo de excavación no clasificada y a depósito y el
material necesario para esas sustituciones, junto con las regularizaciones
de algunos tramos con material granular y base negra en otras de perfil
transversal, que se encuentra más deformado de lo previsto.
III)
Que dichos trabajos tienen un, costo a precios básicos de contrato,
de $8:190.031,510 importe que debe incrementarse en el monto de
$1:883.707,34 para el Impuesto al Valor Agregado, lo que totaliza la suma
de $10:073.739,24 cuya inversión corresponde autorizar a dichos fines.
Asimismo deberá autorizarse una prórroga del plazo de ejecución de obra
de 3 (tres) meses calendario.
IV)
Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central
-Carpeta N° 179.019) ha tomado la intervención que le
compete.
V)
Que existe conformidad de la empresa TECHINT S.A.C.I. para ejecutar
dichas obras según consta en estos obrados.-
CONSIDERANDO:
que
consta en estas actuaciones afectación del crédito para atender el gasto
de que se trata, según surge del aporte documental formulado por la
Gerencia Financiera de la
Dirección Nacional de Vialidad.
ATENTO:
a
lo dispuesto por el artículo 63 del "T.O.C.A.F. 1996" ,
aprobado por Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997, y Decretos
N°s.90/000 y 295/000 de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000
respectivamente;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.-
Amplíase
en las sumas de $8:190.031,90 (pesos uruguayos: ocho millones ciento
noventa mil treinta y uno con noventa centésimos) y $1:883.707,34 (pesos
uruguayos: un millón ochocientos ochenta y tres mil setecientos siete con
treinta y cuatro centésimos) , las partidas de $60:786.248,28 para Obras
y $13:980.837,10 para el Impuesto al Valor Agregado respectivamente,
autorizadas por Resolución del Poder Ejecutivo de 24 de junio de 1998,
para la realización de las obras denominadas: " Remodelación de la
Ruta N° 6, Tramo: Avenida Belloni -, Km. 31" , a cargo de la firma
TECHINT S.A.C.I., con la finalidad de atender un mayor metraje producido
en la ejecución de los trabajos indicados, según lo solicitado por la
Dirección Nacional de Vialidad .
2º.-
Autorízase, a los fines indicados, la inversión de la suma total de
$10:773.739,24 (pesos uruguayos: diez millones setenta y tres mil
setecientos treinta y nueve con veinticuatro centésimos), más los
mayores costos asociados (incluido COFIS) , las cuales serán atendidas.
con cargo a los fondos asignados por la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de
2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto 736, Financiación 14 (FIMTOP)
3°.-
Prorrógase el plazo de ejecución de las obras de referencia en 3
(tres) meses calendario.
4°.- Comuníquese y
tomen nota -por su orden en la órbita de la
precitada Secretaría de Estado- la División contabilidad
y Finanzas, el Contador Central delegado del Tribunal de Cuentas de la
República y la División Registro Nacional de Empresas de Obras
públicas.
Cumplido,
vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad a sus efectos
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