13/08/02      

13/08/02 – SE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE RADIO CX 142 DE PAYSANDÚ

VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, da cuenta de la gestión promovida por el señor Nery Ramón Cabillón González, permisionario de la frecuencia 1.420 KHz, en que opera la emisora CX142 'RADIO FELICIDAD" de la ciudad de Paysandú, departamento de Paysandú, para que se le autorice a transferir la titularidad de dicha frecuencia a favor de "RADIO FELICIDAD S.R.L.".-

RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 136/971 de 28 de enero de 1971, se autorizó al señor Nery Ramón Cabillón el uso de la frecuencia 1.420 KHz para operar una estación radiodifusora en la ciudad de Paysandú.-

CONSIDERANDO: I) que la cesionaria "RADIO FELICIDAD S.R.L." está integrada por el señor Waltér María Belvisi Bottino y María Alejandra Belvisi Bava, quienes han cumplido con los requisitos exigidos por el artículo 9no. del Decreto 734/ 978 de 20 de diciembre de 1978.-

II) que el cesionario ha dado cumplimiento a los requisitos previstos para el caso, por la normativa vigente.-

III) que ha transcurrido el plazo de cinco años desde la autorización inicial, no existiendo inconvenientes para autorizar la transferencia solicitada.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, el Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977, Decretos 734/978 de 20 de diciembre de 1978, 586/990 de 18 de diciembre de 1990 y 347/992 de 21 de julio de 1992, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y a lo dictaminado por la Asesoria Letrada de la misma.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Autorízase la transferencia de titularidad de la estación radio difusora CX142 "RADIO FELICIDAD", que opera en la frecuencia 1.420 KHz, en la ciudad de Paysandú, departamento de Paysandú, del señor Nery Ramón Cabillón González, a favor de "RADIO FELICIDAD S.R.L." integrada por el señor Walter Marra Belvisi Bottino y por la señora María Alejandra Belvisi Bava.-

2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, oportunamente archívese.-