15/08/02      

14/08/02 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA N° 39 DEL DEPARTAMENTO DE TREINTA Y TRES

VISTO: el convenio celebrado el 22 de julio de 2002, entre el Ministerio de Transporte y  Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 39 “Juana Bernarda Ipuche Mariño", de La Calera, Departamento de Treinta y Tres.-

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2002.-

II) que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $140.000.- (pesos uruguayos ciento cuarenta mil), pagadero en 1 (una) cuota, tiene por finalidad la reparación de techos, bajadas de pluviales y trabajos de albañilería.-  

CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio marco.-

ATENTO: a la normativa mencionada ya los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública.-

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

 1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 22 de julio de 2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Nº 39 "Juana Bernarda Ipuche Mariño”, de La Calera, Departamento de Treinta y Tres, con el objeto de realizar la reparación de techos, bajadas de pluviales y trabajos de albañilería.-

2º. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Inspección Departamental de Escuelas para la Comisión Fomento de la Escuela N° 39, de La Calera, del Departamento de Treinta y Tres -Cuenta N° 35408-5702 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Treinta y Tres). Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-