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– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP, ANEP Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA
ESCUELA N° 23 DE LA PEDRERA DEPARTAMENTO DE CERRO LARGO
VISTO:
el convenio celebrado el 29 de julio de 2002, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Nº 23- Rural, de La
Pedrera, Departamento de Cerro Largo.
RESULTANDO:
I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmo un convenio marco
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/12/2002.-
II)
que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $264.000.-
(pesos uruguayos doscientos sesenta y cuatro mil), pagadero en 1 (una)
cuota, tiene por finalidad realizar la construcción de baterías de
baños y reparaciones varias.
CONSIDERANDO:
I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo
20º de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del
Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del
articulo quinto del citado convenio marco.
ATENTO:
a la normativa mencionada
ya los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 29 de julio de
2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de
la Escuela N° 23 -Rural, de La Pedrera, Departamento
de Cerro Largo, con el objeto de realizar 18 construcción de baterías de
baños y reparaciones varias
2°,
Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoria Delegada del Consejo
Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública,
pase a la
Gerencia
de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la
transferencia a la Cuenta Nº 35408/2404, del Banco de la República
Oriental del Uruguay (Sucursal Melo), perteneciente a la Inspección
Depaltamental de Educación Primaria de Cerro Largo, para la Comisión
Fomento de la Escuela Nº 23, de La Pedrera.- Cumplido, vuelva con la
constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.
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