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– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP, ANEP Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA
ESCUELA N° 8 DE FRAILE MUERTO
VISTO:
el
convenio celebrado el 29 de julio de 2002, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Nº 8, de la localidad de
Fraile Muerto, Departamento de Cerro Largo.
RESULTANDO:
I)
que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/12/2002.
II)
que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $183.000.-
(pesos uruguayos ciento ochenta y cuatro mil), pagadero en 1 (una) cuota,
tiene por finalidad realizar el cambio total de techos.
CONSIDERANDO:
I)
que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20º
de la Ley Nº 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto
137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo
quinto del citado convenio marco.
ATENTO:
a
la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
Educación Pública.
EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 29 de julio de
2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión
Fomento de la Escuela Nº 8, de la localidad de Fraile Muerto,
Departamento de Cerro Largo, con el objeto de realizar el cambio total de
techos.
2º.
Comuníquese,
y previo conocimiento de la Auditoria Delegada del Consejo Directivo
Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la
Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de
gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 35408/2404 del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Melo), perteneciente a la
Inspección Departamental de Educación Primaria de Cerro Largo, para la
Comisión Fomento de la Escuela Nº 8, de Fraile Muerto. Cumplido, vuelva
con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.
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