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       15/08/02    
        
      14/08/02
      – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP, ANEP Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA
      ESCUELA N° 7 DE MELO 
      VISTO:
      el
      convenio celebrado el 29 de julio de 2002, entre el Ministerio de
      Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
      Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 7 "Laura Silva de
      Maciel': de Melo, Departamento de Cerro Largo.
      
       
      RESULTANDO:
      I)
      que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre
      el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
      Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
      31/12/2002.
      
       
      II)
      que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
      aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $134.000.-
      (pesos uruguayos ciento treinta y cuatro mil), pagadero en 1 (una) cuota,
      tiene por finalidad realizar la refacción de desagües pluviales del
      patio CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se ajusta a lo
      dispuesto en el artículo 20º de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de
      2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y
      al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio marco.
      
       
      ATENTO:
      a
      la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio
      de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
      Educación Pública.- 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
       1°.
      Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 29 de julio de
      2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
      Administración Nacional de Educación Pública
      y la Comisión Fomento de la Escuela Nº 7 "Laura Silva de Maciel”
      de Melo, Departamento de Cerro Largo, con el objeto de realizar la
      refacción de desagües pluviales del patio.
      
       
      2º.-
      Comuníquese,
      y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo
      Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la
      Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de
      gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 35408/2404, del Banco de la
      República Oriental del Uruguay (Sucursal Melo), perteneciente a la
      Inspección Departamental de Educación Primaria de Cerro Largo, para la
      Comisión Fomento de la Escuela Nº 7, de Melo. Cumplido, vuelva con la
      constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del
      Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos .
      
       
       
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