15/08/02      

14/08/02 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP, ANEP Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA N° 48 DE CHACRAS DE MELO

VISTO: el convenio celebrado el 29 de julio de 2002, entre el Ministerio de Transporte y  Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 48 -Rural, de la localidad de Chacras de Melo, Departamento de Cerro Largo.

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2002.

II) que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $152.000.- (pesos uruguayos ciento cincuenta y dos mil), pagadero en 1 (una) cuota, tiene por finalidad realizar la reparación de techos y canalones.

CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20º de la Ley Nº 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio marco.

ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.  Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 29 de julio de 2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Nº 48 -Rural, de la localidad de Chacras de Melo, Departamento de Cerro Largo, con el objeto de realizar la reparación de techos y canalones.

2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a.la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 35408/2404 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Melo), perteneciente a la Inspección Departamental de Educación Primaria de Cerro Largo, para la Comisión Fomento de la Escuela Nº 48, de Chacras de Melo.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.