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– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP, ANEP Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA
ESCUELA N° 61 DE PUEBLO ARÉVALO
VISTO:
el convenio celebrado el 29 de julio de 2002, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 61 -Rural, de Pueblo
Arévalo, Departamento de Cerro Largo.
RESULTANDO:
I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/12/2002.
II)
que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $303.000.-
(pesos uruguayos trescientos tres mil), pagadero en 2 (dos) cuotas de
$151.500.- (pesos uruguayos ciento cincuenta y un mil quinientos) cada
una; tiene por finalidad realizar la refacción de techos.
CONSIDERANDO:
I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo
20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del
Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del
artículo quinto del citado convenio marco.
ATENTO:
a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
Educación Pública.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase, en todas sus parles, el Convenio celebrado el 29 de julio de
2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de
la Escuela Nº 61-Rural, de Pueblo Arévalo, Departamento de Cerro Largo,
con el objeto de realizar la refacción de techos.
2º. Comuníquese, y
previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo
Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la
Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de
gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 35408/2404, del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Melo), perteneciente a la
Inspección Departamental. de Educación Primaria de Cerro Largo, para la
Comisión Fomento de la Escuela Nº 61, de Pueblo Arévalo.- Cumplido,
vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de
Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.
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