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       15/08/02    
        
      14/08/025
      – SE DESAFECTA CANTERA DEL INVENTARIO DE CANTERAS DE OBRAS PÚBLICAS
      PADRÓN 2717 DEL DEPARTAMENTO DE RÍO NEGRO
      . 
      VISTO:
      la
      gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad, tendiente a la
      baja del Inventario de Canteras de Obras Públicas del yacimiento de limo,
      ubicado en el predio padrón N° 2717 de la 12a Sección Judicial del
      Departamento de Río Negro 
      
       
      RESULTANDO:
      I)
      Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 13 de febrero de
      2002, se incluyó en el Inventario mencionado, dicho yacimiento para su
      utilización en las obras a cargo de la empresa COLIER S.A., en el marco
      de lo establecido por el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de 1° de
      noviembre de 1992 
      
       
      II)
      Que el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras
      Públicas, al tomar intervención, no formula objeciones a la gestión
      promovida en autos 
      
       
      CONSIDERANDO:
      que
      habiéndose cumplido el objetivo en la explotación de la cantera afectada
      y no siendo necesario mantener en el registro el Inventario de Canteras de
      Obras Públicas, corresponde en la especie darle la baja pertinente 
      
       
      ATENTO:
      a
      lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de 1° de noviembre
      de 1992 y Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 13 de febrero de 2002 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA 
      RESUELVE:
      
       
      1°.- Desaféctase
      del Inventario de Canteras de Obras Públicas, el yacimiento ubicado en la
      12° Sección Judicial . del Departamento de Río Negro, predio padrón
      N° 2717 de acuerdo a la gestión promovida por la Dirección Nacional de
      Vialidad
      en autos 
      
       
      2°.-
      Comuníquese, publíquese y cumplido, vuelva a la Dirección Nacional de
      Vialidad a sus efectos.-
      
       
       
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