21/08/02      

20/08/02 – SE DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN DEL P.E. DEL 16/07/2002

VISTO: el recurso de revocación interpuesto por AMECOM (Asistencia Médica Cooperativa de Maldonado) y el recurso interpuesto por Sanatorio COMERI (Cooperativa Médica de Rivera), ambos contra la resolución del Poder Ejecutivo N° 288 de fecha 16 dé julio de 2002

RESULTANDO: que dicha resolución tuvo por objeto la contratación de servicios de asistencia, médica para funcionarios pertenecientes al Ministerio del Interior en actividad o retiro en el interior de la República

CONSIDERANDO: I) que estos recursos tienen efectos suspensivos, salvo que la Administración por resolución fundada declare que dicha suspensión afecta inaplazables necesidades del servicio o le causa graves perjuicios

II) que dicha suspensión causa perjuicios graves al afectar las necesidades del servicio por el cual se brinda cobertura de salud a todos los funcionarios policiales del interior por contar con un solo hospital en el departamento de Montevideo; siendo impostergable brindar la asistencia médica a los funcionarios policiales que residen en el interior del país, corresponde disponer el levantamiento de la suspensión producida por e recurso interpuesto

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio del Interior y a lo dispuesto en el artículo 62 inciso 4 del decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997 (TOCAF 1996)

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Déjase sin efecto la suspensión producida por el recurso de revocación interpuesto por AMECOM (Asistencia Médica Cooperativa de Maldonado) y el recurso de revocación interpuesto por COMERI (Cooperativa Médica de Rivera) ambos contra la resolución del Poder Ejecutivo N° 288 de fecha 16 de julio dé 2002

2°) Publíquese y pase al Ministerio del Interior a sus efectos.-