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       22/08/02    
        
      21/08/02
      – INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO    
      
      
       
      VISTO:
      la gestión promovida por la Intendencia Municipal de Montevideo en la que
      solicita exoneración de recargos y demás gravámenes que pudieran
      corresponder para la importación de dos grupos focales Gradativos JDJ
      (artefactos de semáforos).- 
      
       
      RESULTANDO:
      que los referidos equipos fueron donados a la Intendencia gestionante por
      la firma JDJ Sistemas Tecnológicos Ltda.- 
      
       
      CONSIDERANDO:
      que el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991,
      declara que el Estado, los Organismos comprendidos en el artículo 2200 de
      la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de
      inmunidad impositiva tanto nacional como departamental, por los bienes y
      actividades no comerciales ni industriales.- 
      
       
      ATENTO:
      a lo informado por la Asesoría Jurídica y la División Técnico Fiscal
      del Ministerio de Economía y Finanzas.- 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
      
       
      1°)
      Declárase que los dos grupos focales gradativos JDJ (semáforo) modelo
      GFG 210, por un valor CIF/Montevideo de U$S 640,00 (seiscientos cuarenta
      dólares de los Estados Unidos de América), a importar por la Intendencia
      Municipal de Montevideo, se encuentran incluidos en el régimen de
      inmunidad impositiva referido en el artículo 463° de la Ley N° 16.226,
      de 29 de octubre de 1991, correspondiendo la exoneración de la Tasa
      Global Arancelaria, del Impuesto de Contribución al Financiamiento de la
      Seguridad Social, del Impuesto al Valor Agregado, de las Tasas Consulares,
      de la Comisión BROU 3%, de la Tasa de Servicios Extraordinarios y de la
      Tasa de Servicios Automatizados.-
      
       
      2°)
      Comuníquese y archívese.- 
        
       
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