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       22/08/02    
        
      21/08/02
      – INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO 
      VISTO:
      la gestión promovida por la Intendencia Municipal
      de Montevideo, en la que solicita exoneración de recargos y demás
      gravámenes que pudieran corresponder para la importación de seis mil
      conjuntos de retención de acometidas en fachada.- 
      
       
      RESULTANDO:
      que los bienes de referencia serán destinados a la Unidad Técnica de
      Alumbrado Público de la Intendencia gestionante.- 
      
       
      CONSIDERANDO:
      que el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991,
      declara que el Estado, los Organismos comprendidos en el artículo 220°
      de la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan
      de inmunidad impositiva tanto nacional como departamental, por los bienes
      y actividades no comerciales ni industriales.- 
      
       
      ATENTO:
      a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica
      del Ministerio de Economía y Finanzas.- 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
      
       
      1°)
      Declárase que los seis mil conjuntos de retención de acometidas en
      fachada, por un valor total CIF/Montevideo de U$S 7.137,60 (siete mil
      ciento treinta y siete dólares de los Estados Unidos de América con
      60/100), a importar por la Intendencia Municipal de Montevideo, dado su
      destino, se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva
      referido en el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de
      1991.- 
      
       
      2°)
      La presente importación se encuentra exonerada de los siguientes
      tributos: Tasa Global Arancelaria, Impuesto de Contribución al
      Financiamiento de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, de las
      Tasas Consulares, Comisión BROU 3%, Tasa de Servicios Extraordinarios y
      Tasa de Servicios Automatizados.- 
      
       
      3°)
      Comuníquese, notifíquese y archívese.-
      
      
      
        
       
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