22/08/02
21/08/02 – SE APRUEBA
CONVENIO ENTRE EL MTOP, ANEP Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA N° 52
DE LA PALOMA
VISTO: e! convenio
celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela N° 52, de La Paloma, Departamento de
Rocha.
RESULTANDO: I) que
con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional
de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/12/2002
II) que el convenio
mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte de la
Administración Nacional de Educación Pública de $165.000 (pesos
uruguayos ciento sesenta y cinco mil) pagadero en 1 (una) cuota, tiene por
finalidad realizar la impermeabilización de azoteas y cambio de
aberturas.
CONSIDERANDO: I) que
el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de
la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto
137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo
quinto del citado convenio marco
ATENTO: a la
normativa mencionada ya los informes de los técnicos del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
Educación Pública
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas
sus partes, el Convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de
Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 52, de La
Paloma, Departamento de Rocha, con
el objeto de realizar la impermeabilización de azoteas y cambio de
aberturas.
2°. Comuníquese, y previo
conocimiento de la Auditoria Delegada del Consejo Directivo Central de la
Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de
Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la
transferencia a la Cuenta N° 0790000083 del Banco de la República
Oriental del Uruguay (Sucursal La
Paloma), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela N° 52 de La
Paloma.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al
Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
a sus efectos.
|