22/08/02
21/08/02 – SE APRUEBA
CONVENIO ENTRE EL MTOP, ANEP Y LA ASOCIACIÓN DE PADRE Y ALUMNOS DEL LICEO
DE LA PALOMA
VISTO:
el
convenio celebrado el 12de agosto de 2002, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo de la Paloma,
Departamento de Rocha.
RESUL
TANDO: I)
que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/12/2002
II)
que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de
$1.326.000.- (pesos uruguayos un millón trescientos veintiséis mil)
pagaderos en 3 (tres) cuotas de $442.000.- (pesos uruguayos cuatrocientos
cuarenta y dos mil) cada una, tiene por finalidad realizar la
construcción de tres aulas, sala de adscriptos, baterías de baños y
galería abierta
CONSIDERANDO:
I)
que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20°
de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto
137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo
quinto del citado convenio marco.
ATENTO:
a
la normativa mencionada ya los informes de los técnicos del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
Educación Pública
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 12 de agosto de
2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública
y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo de La Paloma, Departamento
de Rocha, con el objeto de realizar la construcción de tres aulas, sala
de adscriptos, baterías de baños y galería abierta.
2°.
Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoria Delegada del Consejo
Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública,
pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos
de gestionar la transferencia a la Cuenta N° 079-000112-0 del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal La Paloma), perteneciente a la
Asociación de Padres y Alumnos del Liceo de La Paloma. Cumplido, vuelva
con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.
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