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       22/08/02    
        
      21/08/02 – SE
      APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y LA COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA
      Nº 17 SE SAN LUIS 
      VISTO:
      el convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio de
      Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
      Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Nº 17 "Agustín
      Ferreiro”, de la localidad de San Luis, Departamento de Rocha
      
       
      RESULTANDO:
      I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco
      entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
      Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
      31/1212002 
      
       
      II)
      que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
      aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $281.000.-
      (pesos uruguayos doscientos ochenta y un mil) pagadero en 1 (una) cuota,
      tiel1e por finalidad realizar el reciclaje de servicios higiénicos y
      construcción de servicios higiénicos para jardinera 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo
      20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del
      Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del
      artículo quinto del citado convenio marco
      
       
      ATENTO:
      a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio
      de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
      Educación Pública
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
      RESUELVE:
      
       
      1°.
      Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 12 de agosto de
      2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
      Administración Nacional de Educación
      Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Nº 17 "Agustín
      Ferreiro", de la localidad de San Luis, Departamento de Rocha, con el
      objeto realizar el reciclaje de servicios higiénicos y construcción de
      servicios higiénicos para jardinera 
      
       
      2º.
      Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo
      Directivo Central de la Administración Ni3cional de Educación Pública,
      pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos
      de gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 011/372 del Banco de la
      República Oriental del Uruguay (Sucursal Chuy), perteneciente a la
      Comisión Fomento de la Escuela Nº 17, de San Luis.- Cumplido, vuelva con
      la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del
      Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-
       
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