22/08/02
21/08/02
– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP, ANEP Y LA ASOCIACIÓN DE PADRES Y
ALUMNOS DEL LICEO Nº 1 DE LASCANO
VISTO:
el
convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo Nº 1, de la
localidad de Lascano,
Departamento
de Rocha.
RESULTANDO:
I)
que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/12/2002.
II)
que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $
153.000.- (pesos uruguayos ciento cincuenta y tres mil) pagadero en 1
(una) cuota, tiene por finalidad realizar reparación de
humedades de antepechos e impermeabilización parcial de azoteas.
CONSIDERANDO:
I)
que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20º
de la Ley Nº 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto
137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo
quinto del citado convenio marco.
ATENTO:
a
la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
Educación Pública.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase,
en todas sus partes, el Convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional
de Educación Pública y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo Nº
1, de la localidad de Lascano, Departamento de Rocha, con el objeto de
realizar reparación de humedades de antepechos e impermeabilización
parcial de azoteas.
2º.
Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo
Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública,
pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos
de gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 156/7, del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Lascano), perteneciente a la
Asociación de Padres y Alumnos del Liceo Nº 1, de Lascano. Cumplido,
vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de
Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.
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