22/08/02
21/08/02
– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y ASOCIACIÓN DE PADRES Y ALUMNOS
DEL LICEO DE CASTILLOS
VISTO:
el convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo de Castillos,
Departamento de Rocha
RESULTANDO:
I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/12/2002
II)
que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $307,000.-
(pesos uruguayos trescientos siete mil) pagadero en 1 (una) cuota, tiene
por finalidad realizar la impermeabilización de galería cubierta y
reparación de humedades en muros de aulas
CONSIDERANDO:
I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo
20º de la Ley Nº 17.243 del 29 de junio de 2000, al artículo 4° del
Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del
artículo quinto del citado convenio marco
ATENTO:
a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
Educación Pública
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°,
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 12 de .agosto de
2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Asociación de Padres
y Alumnos del Liceo de Castillos, Departamento
de Rocha, con el objeto de realizar la impermeabilización de galería
cubierta y reparación de humedades en muros de aulas
2°.
Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo
Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública,
pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos
de gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 37504, del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Castillos), perteneciente a la
Asociación de Padres y Alumnos del Liceo de Castillos.- Cumplido, vuelva
con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-
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