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       22/08/02    
        
      21/08/02
      – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y COMISIÓN DE FOMENTO DE LA
      ESCUELA TÉCNICA DEL LASCANO
      
       
      VISTO:
      el convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio de
      Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
      Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Técnica, de la localidad de
      Lascano, Departamento de Rocha
      
       
      RESULTANDO:
      I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco
      entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
      Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
      31/1212002. 
      
       
      II)
      que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
      aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $103.000.-
      (pesos uruguayos ciento tres mil) pagadero en 1 (una) cuota, tiene por
      finalidad realizar la impermeabilización de azoteas, sellado de aberturas
      y reparación de instalación eléctrica en planta alta 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo
      20° de la Ley Nº 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del
      Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del
      artículo quinto del citado convenio marco
      
       
      ATENTO:
      a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio
      de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
      Educación Pública 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°. Apruébase, en todas sus
      partes, el Convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio
      de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
      Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Técnica, de la localidad de
      Lascano, Departamento de Rocha, con el objeto de realizar la
      impermeabilización de azoteas, sellado de aberturas y reparación de
      instalación eléctrica en planta alta 
      2°.
      Comuníquese, y previo conocimiento de la Audito(fa Delegada del Consejo
      Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública,
      pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos
      de gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 020/0000751 del Banco de la
      República Oriental del Uruguay (Sucursal Lascano), perteneciente a la
      Comisión Fomento de la Escuela Técnica, de Lascano.- Cumplido, vuelva
      con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del
      Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-
      
       
       
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