22/08/02      

21/08/02 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA TÉCNICA DEL LASCANO

VISTO: el convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Técnica, de la localidad de Lascano, Departamento de Rocha

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/1212002.

II) que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $103.000.- (pesos uruguayos ciento tres mil) pagadero en 1 (una) cuota, tiene por finalidad realizar la impermeabilización de azoteas, sellado de aberturas y reparación de instalación eléctrica en planta alta

CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley Nº 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio marco

ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Técnica, de la localidad de Lascano, Departamento de Rocha, con el objeto de realizar la impermeabilización de azoteas, sellado de aberturas y reparación de instalación eléctrica en planta alta

2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Audito(fa Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 020/0000751 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Lascano), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela Técnica, de Lascano.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-