22/08/02
21/08/02
– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y COMISIÓN DE FOMENTO DE LA
ESCUELA TÉCNICA DEL LASCANO
VISTO:
el convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Técnica, de la localidad de
Lascano, Departamento de Rocha
RESULTANDO:
I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/1212002.
II)
que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $103.000.-
(pesos uruguayos ciento tres mil) pagadero en 1 (una) cuota, tiene por
finalidad realizar la impermeabilización de azoteas, sellado de aberturas
y reparación de instalación eléctrica en planta alta
CONSIDERANDO:
I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo
20° de la Ley Nº 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del
Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del
artículo quinto del citado convenio marco
ATENTO:
a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
Educación Pública
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas sus
partes, el Convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Técnica, de la localidad de
Lascano, Departamento de Rocha, con el objeto de realizar la
impermeabilización de azoteas, sellado de aberturas y reparación de
instalación eléctrica en planta alta
2°.
Comuníquese, y previo conocimiento de la Audito(fa Delegada del Consejo
Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública,
pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos
de gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 020/0000751 del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Lascano), perteneciente a la
Comisión Fomento de la Escuela Técnica, de Lascano.- Cumplido, vuelva
con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-
|