22/08/02
21/08/02
– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y COMISIÓN DE FOMENTO DE LA
ESCUELA Nº 93 DE LASCANO
VISTO:
el convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 93, de la localidad de
Lascano, Departamento de Rocha
RESULTANDO:
I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/1212002
II)
que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $166.000.-
(pesos uruguayos ciento sesenta y seis mil) pagadero en 1 (una) cuota,
tiene por finalidad realizar el reciclaje de batería de servicios
higiénicos
CONSIDERANDO:
I)
que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20º
de la Ley Nº 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto
137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo
quinto del citado convenio marco
ATENTO:
a la normativa mencionada ya los informes de los técnicos del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
Educación Pública
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 12 de agosto de
2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación
Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Nº 93, de la localidad de
Lascano, Departamento de Rocha, con el objeto de realizar el reciclaje de
batería de servicios higiénicos
2°.
Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo
Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública,
pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos
de gestionar la transferencia
a la Cuenta Nº 0200000305, del Banco de la República Oriental del
Uruguay (sucursal Lascano), perteneciente a la Comisión Fomento de la
Escuela Nº 93, de Lascano.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha
transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, a sus efectos.-
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