22/08/02      

21/08/02 - REPÚTASE ABANDONADA A FAVOR DEL ESTADO, LA EMBARCACIÓN "ISLAMEY", VARADA EN LA EXPLANADA DEL PUERTO DE PUNTA DEL ESTE.

VISTO: estos antecedentes relacionados con la situación de abandono de la embarcación "ISLAMEY", propiedad de la señora Rosita Piwen, varada en la explanada del Puerto de Punta del Este.

RESULTANDO: I) Que dicho abandono data desde el 5 de enero de 1988, tiempo en el cual su titular no ha ejercido los derechos de uso, ni ha obrado con la diligencia media de un buen padre de familia, lo que ha quedado demostrado al permanecer la embarcación varada dentro del área portuaria del Puerto de Punta del Este desde la fecha precitada.

II) Que la referida Dirección Nacional, dispuso por Resolución de 29 de abril de 2002, intimar a la propietaria de la nave -ISLAMEY.- al retiro de la misma en el plazo previsto por la Ley así como también llamar a terceros interesados que se consideren con derechos sobre la embarcación.

III) Que se procedió a la publicación de los edictos de estilo en el Diario Oficial y en otro periódico de circulación nacional sin que compareciera persona alguna en el plazo indicado. Asimismo, se notificó por medio de cedulón en el domicilio de la propietaria, con iguales resultados.

CONSIDERANDO: que el Departamento Jurídico de la Dirección Nacional de Hidrografía y el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informan que en autos se ha dado cumplimiento al procedimiento procesal requerido por el artículo 236 de la Ley N° 16.320 de 1º de noviembre de 1992, verificándose los extremos y etapas previstas en la norma citada por lo que correspondería proseguir dicho procedimiento conforme a lo preceptuado en su Inciso 4°, declarando la embarcación abandonada a favor del Estado por medio de resolución fundada y disponer de ella en consecuencia, como asimismo, estimar a través de las oficinas competentes el monto de los gastos que demanden las operaciones tendientes a los fines mencionados.

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 236 de la Ley N° 16.320 de 1° de noviembre de 1992.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1º.- Repútase abandonada a favor del Estado, la embarcación "ISLAMEY", varada en la explanada del Puerto de Punta del Este, sin perjuicio de la responsabilidad pecuniaria de su propietario por los gastos que demanden las operaciones de retiro de la misma, los que una vez relacionados y aprobados debidamente por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, constituirán título ejecutivo.

Facúltase a la Dirección Nacional de Hidrografía de dicha Secretaría de Estado, a implementar las medidas conducentes a la efectivización del citado retiro, y a la traslación de dominio respectiva en la forma prevista. Comuníquese y vuelva a la referida Dirección Nacional, a sus efectos.